10/23/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 070-2013-EM Aprueban modificación al Contrato de Concesión Definitiva N°

Aprueban modificación al Contrato de Concesión Definitiva N° 187-2001 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 070-2013-EM Lima, 22 de octubre de 2013 VISTO: El Expediente N° 11091098, organizado por Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A., sobre Concesión Definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Cheves; y la solicitud de modificación del Contrato de Concesión N° 187-2001; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 124-2001-EM, publicada el 16 de julio
Aprueban modificación al Contrato de Concesión Definitiva N° 187-2001
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 070-2013-EM
Lima, 22 de octubre de 2013
VISTO: El Expediente N° 11091098, organizado por Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A., sobre Concesión Definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Cheves; y la solicitud de modificación del Contrato de Concesión N° 187-2001;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema N° 124-2001-EM, publicada el 16 de julio de 2001, se otorgó a favor de Perú Hydro S.A. la Concesión Definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Cheves, con una potencia instalada de 525 MW, aprobándose el Contrato de Concesión N° 187-2001. Posteriormente, se transfirió la titularidad a la Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. mediante Resolución Suprema N° 027-2003-EM, publicada el 07
de agosto de 2003, y se aprobó la Minuta de modificación del Contrato de Concesión N° 187-2001, reasignando los plazos del Cronograma de Ejecución de Obras, sin alterar la fecha de la Puesta en Operación Comercial de la citada Central;

Que, mediante Resolución Suprema N° 064-2009-EM, publicada el 04 de septiembre de 2009, se aprobó la modificación del Contrato de Concesión N° 187-2001, quedando establecido, entre otros aspectos, que la Central Hidroeléctrica Cheves tendría una potencia instalada de 168,2 MW, que las obras respectivas se iniciarían el 15 de septiembre de 2009 y la Puesta en Operación Comercial se realizaría el 31 de diciembre de 2012;

Que, con fecha 12 de octubre de 2009, el Comité de Proinversión en Proyectos de T elecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos – PRO CONECTIVIDAD, adjudicó a la Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. la Buena Pro de la Licitación Pública Internacional para la Entrega de Concesiones de Suministro de Energía Eléctrica para el Servicio Público de Electricidad, concediéndole el derecho de suministrar 109 MW a empresas distribuidoras de propiedad del Estado, produciéndose la Fecha de Cierre de la Licitación el 03 de diciembre de 2009, en la misma que el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. suscribieron el Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Eléctrica para el Servicio Público de Electricidad, para cuyo cumplimiento la Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. se obligó a construir una Central Hidroeléctrica como respaldo físico del Suministro, siendo tal Central Hidroeléctrica, la misma que es materia del Contrato de Concesión N° 187-2001, es decir, la Central Hidroeléctrica Cheves;

Que, en el cronograma de actividades del Contrato de Concesión para el Suministro, quedó establecido que la fecha de Puesta en Operación Comercial de la Central Hidroeléctrica Cheves se produciría entre el 01 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015, según la fecha de inicio de suministro de energía a las empresas distribuidoras estatales, cuya fecha señalada en los respectivos contratos de suministro fue el 01 de julio de 2014;

Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2010-EM, publicada el 29 de enero de 2010, se aprobó modificar nuevamente el Contrato de Concesión N° 187-2001, fijando el inicio de obras para una fecha entre el 01 de julio de 2012 y 29 de septiembre de 2012 y la Puesta en Operación Comercial entre el 01 de julio de 2014 y 28 de diciembre de 2014, de manera tal que el Cronograma de Ejecución de Obras del Contrato de Concesión Definitiva concordara con Cronograma del Contrato de Concesión para el Suministro;

Que, con fecha 07 de junio de 2013, mediante el documento bajo Registro N° 2298084, Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. solicitó modificar, tanto el Contrato de Concesión para el Suministro, como el Contrato de Concesión N° 187-2001, argumentando razones de Fuerza Mayor a fin de prolongar la Puesta en Operación Comercial de la Central Hidroeléctrica Cheves en ambos Contratos hasta el 01 de enero de 2016, emitiéndose la Resolución Ministerial N° 324-2013-MEM/ DM de fecha 19 de agosto de 2013, complementada por la Resolución Ministerial N° 360-2013-MEM/DM de fecha 06 de septiembre 2013, calificando como Fuerza Mayor la circunstancia expuesta por la solicitante y suscribiéndose el 17 de setiembre de 2013 la Minuta modificatoria del Contrato de Concesión para el Suministro, en la que se estipuló como fecha de Puesta en Operación Comercial el 01 de enero de 2016;

Que, de acuerdo al tercer considerando de la presente Resolución, el Cronograma de Ejecución de Obras del Contrato de Concesión N° 187-2001 debe ser idéntico al del Contrato de Concesión para el Suministro, ya que ambos Contratos se refieren a un mismo y único proyecto CH Cheves;

Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, contando con la opinión a que se refiere el Informe N° 501-2013-DGE-DCE, y en concordancia con lo estipulado en el Contrato de Concesión para el Suministro referido en el tercer considerando de la presente Resolución, corresponde aprobar la quinta modificación al Contrato de Concesión N° 187-2001 en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 y el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la quinta modificación al Contrato de Concesión Definitiva N° 187-2001, en los aspectos referidos a la Cláusula Primera y el segundo párrafo del numeral 6.2.12 de la Cláusula Sexta, así como sustituir el Anexo N° 4, con relación a la Concesión Definitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Cheves, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta de la quinta modificación al Contrato de Concesión Definitiva N° 187-2001, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública que origine la quinta modificación al Contrato de Concesión Definitiva N° 187-2001.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al Concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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