11/27/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 213-2013-RE Delegan facultades para suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de

Delegan facultades para suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al Programa de Cooperación Técnica correspondiente al año fiscal japonés 2013 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 213-2013-RE Lima, 26 de noviembre de 2013 Visto la Hoja de Trámite (GAC) N° 6732 de fecha 15 de noviembre de 2013, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores y el Memorándum (DAE) N° DAE1350/2013 de fecha 14 de noviembre de 2013, de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones
Delegan facultades para suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al Programa de Cooperación Técnica correspondiente al año fiscal japonés 2013
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 213-2013-RE
Lima, 26 de noviembre de 2013
Visto la Hoja de Trámite (GAC) N° 6732 de fecha 15 de noviembre de 2013, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores y el Memorándum (DAE) N° DAE1350/2013 de fecha 14 de noviembre de 2013, de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Debiéndose suscribir el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al Programa de Cooperación Técnica correspondiente al año fiscal japonés 2013 (del 1 de abril de 2013 al 31
de marzo de 2014);

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley N° 29357 y el Decreto Supremo N° 031-2007-RE;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la persona del señor Luis Humberto Olivera Cárdenas, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, las facultades suficientes para que suscriba el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Japón relativo al Programa de Cooperación Técnica correspondiente al año fiscal japonés 2013 (del 1 de abril de 2013 al 31 de marzo de 2014).

Artículo 2°.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Luis Humberto Olivera Cárdenas, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional.

Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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