11/01/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 619-2013-DE/MGP

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 619-2013-DE/MGP Lima, 30 de octubre de 2013 Visto, el Oficio P.200-1895 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 17 de setiembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Organización Hidrográfica Internacional, ha publicado el Circular N° 31/2013 de fecha 17 de mayo de 2013, en el cual informa que la 5ª Reunión del Comité de Normas y Servicios Hidrográficos (HSSC-5), organizada por la Administración de la Seguridad Marítima (MSA), se llevará a cabo en la ciudad de la Municipalidad

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 619-2013-DE/MGP
Lima, 30 de octubre de 2013
Visto, el Oficio P.200-1895 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 17 de setiembre de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, la Organización Hidrográfica Internacional, ha publicado el Circular N° 31/2013 de fecha 17 de mayo de 2013, en el cual informa que la 5ª Reunión del Comité de Normas y Servicios Hidrográficos (HSSC-5), organizada por la Administración de la Seguridad Marítima (MSA), se llevará a cabo en la ciudad de la Municipalidad de Shanghái, República Popular China, del 5 al 8 de noviembre de 2013;

Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Superior para que participe en la mencionada Reunión;

Que, la designación de Personal Naval para que asista a la referida reunión, responde a la necesidad de adquirir mayor experiencia y conocimientos, a fin de favorecer por todos los medios el mejoramiento continuo de las Ayudas a la Navegación Marítima, a través de cualquier medio técnico apropiado;

Que, la actividad antes señalada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema N° 091-2013-DE, del 15 de marzo de 2013 y su modificatoria, debido a que la invitación fue recibida con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención al interés de la Marina de Guerra del Perú, y la importancia de la actividad, resulta pertinente expedir la autorización de viaje correspondiente;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Roberto Rafael PÉREZ Medina, para que participe en la 5ª Reunión del Comité de Normas y Servicios Hidrográficos (HSSC-5), a realizarse en la ciudad de la Municipalidad de Shanghái, República Popular China, del 5 al 8 de noviembre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;

Que, la inasistencia a este evento internacional, conllevaría a perder la oportunidad de tomar conocimiento de los nuevos avances y experiencias usadas en el campo de la hidrografía, principalmente en lo que respecta a la elaboración de normas técnicas;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

Que, asimismo, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619
- Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata ESP. Roberto Rafael PÉREZ Medina, CIP . 01801764, DNI. 09380174, para que participe en la 5ª Reunión del Comité de Normas y Servicios Hidrográficos (HSSC-5), a realizarse en la ciudad de la Municipalidad de Shanghái, República Popular China, del 5 al 8 de noviembre de 2013; así como, autorizar su salida del país el 3 y su retorno el 9 de noviembre de 2013.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Shanghái (República Popular China) - Lima
US$. 2,800.00 US$. 2,800.00
Viáticos:

US$. 500.00 x 3 días US$. 1,500.00
TOTAL A PAGAR: US$. 4,300.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 4°.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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