11/01/2013

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 074-2013-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 074-2013-VMPCIC-MC Lima, 25 de octubre de 2013 Vistos, el Expediente N° 15738-2013, el Memorando 0266-2013-DRC-HVA/MC, el Oficio N° 24-2013-GDE/ MPH y el Informe N° 097-2013-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que,
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 074-2013-VMPCIC-MC
Lima, 25 de octubre de 2013
Vistos, el Expediente N° 15738-2013, el Memorando 0266-2013-DRC-HVA/MC, el Oficio N° 24-2013-GDE/ MPH y el Informe N° 097-2013-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21° de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el numeral 2 del artículo 1° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural como país;

Que, el literal b) del artículo 7° de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante Informe N° 596-2013-DGPC-VMPCIC/ MC de fecha 25 de setiembre de 2013, la Dirección General de Patrimonio Cultural hace suyo el Informe N° 097-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 24 de setiembre de 2013, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y solicita, al amparo de las normas vigentes, que la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica, provincia y departamento de Huancavelica, sea declarada como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, en el precitado documento, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, abundan referencias históricas sobre la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica, y de la exposición de sus fundamentos se concluye que se trata de una de las principales manifestaciones del Cristianismo, que recrea y rememora la pasión, muerte y resurrección de Jesús, siendo que en la cultura andina, desde la época colonial, esta tradición de origen español fue asimilada de distintas maneras por la población, confiuyendo en ella elementos andinos y cristianos, y llegando a formar parte de su propia religiosidad;

Que, la celebración de la Semana Santa en la ciudad de Huancavelica se realiza de acuerdo al calendario católico, en el intervalo de las últimas semanas de marzo hasta la segunda semana de abril y tiene una duración de diez días; sin embargo, en el transcurso del año se realizan actividades -como las misas previas de novenas y setenas- que son consideradas parte de la festividad; además, los diez días de la celebración se inician un viernes con el traslado de la imagen de Cristo y las procesiones en el barrio de San Cristóbal, para finalizar un Domingo de Pascua de Resurrección con la quema de un muñeco que representa a Judas.

Dicha festividad congrega una participación masiva de la población local y regional que expresa de manera pública y colectiva su fe;

Que, la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica tiene un significado actual y vigente para la población local, que se refieja en la expresión de su fe y devoción, y en el hecho de congregar un gran número de personas, siendo así una de las tradiciones populares más importantes del citado departamento. Para los portadores de esta tradición, cada año en que esta se desarrolla significa la renovación de su fe y se trata de una celebración católica que hicieron suya incorporando elementos culturales propios, producto de un largo proceso de mestizaje cultural;

Que, la diversidad de elementos que incorpora esta tradición al ser asumida por la población andina le otorga gran originalidad, reviviendo los actos religiosos a través de rituales, costumbres, indumentarias, manifestaciones musicales y gastronómicas y elementos simbólicos, entre otros, lo cual convierte a la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica en una celebración particular que moviliza significativamente a la población local y es referente de su identidad cultural y religiosa;

Que, conjuntamente con las referencias históricas, el Informe N° 097-2013-DPI-DGPC/MC detalla las características, importancia, valor, alcance, y significado de la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica, provincia y departamento de Huancavelica, para efectos de ser declarada Patrimonio Cultural de la Nación, motivo por el cual constituye parte integrante de la presente Resolución, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6.2, del artículo 6° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el otorgamiento de reconocimientos, correspondiendo al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación;

Estando a lo visado por la Directora General (e) de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de Patrimonio Inmaterial, y el Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED, y la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011/MC, y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011/MC, y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Semana Santa de la ciudad de Huancavelica, por ser una manifestación de fe religiosa en la que confiuyen elementos andinos y católicos, y que moviliza significativamente a los pobladores del distrito, provincia y departamento de Huancavelica.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión del Informe N° 097-2013-DPI-DGPC/MC de fecha 24 de setiembre de 2013, y de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.
gob.pe).

Artículo 3°.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Municipalidad Provincial de Huancavelica, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huancavelica, al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, así como a los órganos y unidades orgánicas que correspondan, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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