12/27/2013

DECRETO SUPREMO N° 018-2013-DE Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos del

Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Geográfico Nacional DECRETO SUPREMO N° 018-2013-DE El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 37° de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, dispone la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM se aprobaron los Lineamientos
Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Geográfico Nacional
DECRETO SUPREMO N° 018-2013-DE
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37° de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, dispone la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar sus correspondientes Textos Únicos de Procedimientos Administrativos – TUPA;

Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM
se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, y se establecieron las disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, se aprobó el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, en el cual se establecen disposiciones que facilitan el proceso de elaboración del referido documento de gestión por parte de las Entidades Públicas;

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se establece la metodología de Simplificación Administrativa para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la administración pública;

Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, conforme el numeral 11.2 del artículo 11 del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Geográfico Nacional cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Racionalización de la Dirección General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Defensa;

Que, asimismo en el marco de la Reforma y Gestión del Estado, de acuerdo a las disposiciones legales contenidas en los Decretos Supremos acotados en los considerandos precedentes, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha actualizado la normativa para aplicar una nueva metodología de determinación de costos de los mencionados procedimientos y servicios teniendo en cuenta la implementación de la metodología de simplificación administrativa, por lo que resulta pertinente aprobar el nuevos Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Geográfico Nacional, que permita garantizar una mejor orientación y servicio al público usuario;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8
del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, el artículo 38° de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1134
– Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del TUPA
Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Geográfico Nacional que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo, será publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA a que se refiere el artículo 1° del presente Decreto Supremo será publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas –
PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal del Instituto Geográfico Nacional (www.ign.gob.pe), de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM.

Artículo 3.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo N° 003-2011-DE
del 12 de abril de 2011, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Geográfico Nacional - IGN.

Artículo 4.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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