12/18/2013

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 219-2013-RE Reconocen Cónsul Honorario de Alemania en Bagua, con jurisdicción

Reconocen Cónsul Honorario de Alemania en Bagua, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín RESOLUCIÓN SUPREMA N° 219-2013-RE Lima, 17 de diciembre de 2013 VISTO: Las Notas N° 330/2013 y 359/2013, de fechas 05 y 18 abril de 2013, respectivamente, mediante las cuales la Embajada de la República Federal de Alemania, solicita la autorización del Gobierno peruano para la modificación de la sede del Consulado de Alemania, de la ciudad de Iquitos, en el Departamento
Reconocen Cónsul Honorario de Alemania en Bagua, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 219-2013-RE
Lima, 17 de diciembre de 2013
VISTO:

Las Notas N° 330/2013 y 359/2013, de fechas 05 y 18 abril de 2013, respectivamente, mediante las cuales la Embajada de la República Federal de Alemania, solicita la autorización del Gobierno peruano para la modificación de la sede del Consulado de Alemania, de la ciudad de Iquitos, en el Departamento de Loreto; a la ciudad de Bagua, del Departamento de Amazonas;

La Nota N° 1252/2013, de fecha 10 de octubre de 2013, de la Embajada de la República Federal de Alemania, mediante la cual remite las Letras Patentes y solicita el reconocimiento del señor Max Druschke, como Cónsul Honorario de Alemania en Bagua;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota N° 0110/94, de fecha 17 de marzo de 1994, la Embajada de la República Federal de Alemania, solicitó el beneplácito del Gobierno peruano para la apertura de un Consulado de Alemania en Iquitos, con circunscripción en el Departamento de Loreto;

Que, mediante Resolución Suprema N° 196-95-RE, de fecha 16 de mayo de 1995, se reconoce al señor Max Axel Georg Druschke, como Cónsul ad honorem de la República Federal de Alemania en Iquitos, con circunscripción comprendida por el Departamento de Loreto;

Que, en atención a las Notas N° 330/2013 y 359/2013, de fechas 05 y 18 abril de 2013, respectivamente, mediante Nota RE (CON) N° 6-5/28, de la Dirección de Política Consular, de fecha 02 de mayo de 2013, el Gobierno peruano otorgó el consentimiento para la modificación de la sede del Consulado de Alemania, de la ciudad de Iquitos, en el Departamento de Loreto; a la ciudad de Bagua, en el Departamento de Amazonas; y el establecimiento de su nueva circunscripción consular en los departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín;

Que, mediante Nota 1252/2013, de fecha 10 de octubre de 2013, se recibió las Letras Patentes que designan al señor Max Druschke, como Cónsul Honorario de Alemania en Bagua, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118°, inciso 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así como en los Artículos 4°, incisos 2 y 3; 9°, inciso 1 y 12°, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares;
y, Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar la sede del Consulado de Alemania de la ciudad de Iquitos, en el Departamento de Loreto, a la ciudad de Bagua, en el Departamento de Amazonas.

Artículo 2°.- Establecer la circunscripción del Consulado de Alemania en Bagua, en los Departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín.

Artículo 3°.- Reconocer al señor Max Druschke, como Cónsul Honorario de Alemania en Bagua, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Amazonas, Loreto y San Martín.

Artículo 4°.- Extenderle el Exequátur correspondiente.

Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores 1029299-10
Reconocen Cónsul Honorario de Alemania en Chiclayo, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los departamentos de Cajamarca, La Libertad y Lambayeque
{N}RESOLUCIÓN SUPREMA N° 220-2013-RE
Lima, 17 de diciembre de 2013
VISTO:

Las Notas N° 330/2013 y 359/2013, de fechas 05 y 18 abril de 2013, respectivamente, mediante las cuales la Embajada de la República Federal de Alemania, solicita la autorización del Gobierno peruano para la modificación de la circunscripción consular del Consulado de Alemania en Chiclayo;

La Nota N° 1253/2013, de fecha 10 de octubre de 2013, de la Embajada de la República Federal de Alemania, mediante la cual remite las Letras Patentes y solicita el reconocimiento del señor Armin Dietrich Bülow, como Cónsul Honorario de Alemania en Chiclayo;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota N° 0314//2002, de fecha 24 de abril de 2002, la Embajada de la República Federal de Alemania, solicitó el beneplácito del Gobierno peruano para la apertura de un Consulado en Chiclayo, con circunscripción en los departamentos de Amazonas, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y San Martín;

Que, mediante Resolución Suprema N° 207-2002-RE, de fecha 11 de junio de 2002, se reconoce al señor Armin Dietrich Bülow, como Cónsul Honorario de la República Federal de Alemania en la ciudad de Chiclayo, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Amazonas, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y San Martín;

Que, en atención a las Notas N° 330/2013 y 359/2013, de fechas 05 y 18 abril de 2013, respectivamente, mediante Nota RE (CON) N° 6-5/28, de la Dirección de Política Consular, de fecha 02 de mayo de 2013, el Gobierno peruano otorgó el consentimiento para la modificación de la circunscripción consular del Consulado de Alemania en Chiclayo, de los Departamentos de Amazonas, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y San Martín, a los Departamentos de Cajamarca, La Libertad y Lambayeque;

Que, mediante Nota N° 1253/2013, de fecha 10
de octubre de 2013, se recibió las Letras Patentes que designan al señor Armin Dietrich Bülow, como Cónsul Honorario de Alemania en Chiclayo, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Cajamarca. La Libertad y Lambayeque;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118°, incisos 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así como en los Artículos 4°, incisos 2 y 3; 9°, inciso 1 y 12°, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares;
y, Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Modificar la circunscripción consular del Consulado de Alemania en Chiclayo, que comprenderá en lo sucesivo los Departamentos de Cajamarca, La Libertad y Lambayeque.

Articulo 2°.- Reconocer al señor Armin Dietrich Bülow, como Cónsul Honorario de Alemania en Chiclayo, con jurisdicción en la circunscripción comprendida por los Departamentos de Cajamarca, La Libertad y Lambayeque.

Artículo 3°.- Extenderle el Exequátur correspondiente.

Artículo 4°.- La presente Resolución será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores 1029299-11
Aprueban Documento Técnico denominado Plan Operativo 2013
Reformulado de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Central Ministerio de Salud
{N}RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 793-2013/MINSA
Lima, 13 de diciembre de 2013
Visto, el Expediente N° 13-037276-001 que contiene el Informe N° 125-2013-OGPP-OPGI/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 047-2013/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico denominado:

Plan Operativo Anual 2013 de la Unidad Ejecutora 001
Administración Central del Ministerio de Salud;

Que, el numeral 6.2.1 de la Directiva Administrativa N° 192-MINSA/OGPP V.01, señala que la reformulación del Plan Operativo Anual consiste en la inserción y/o modificación los objetivos generales o específicos, y concomitantemente hay nuevos productos/actividades;
ello de acuerdo a la naturaleza de intervención de la dependencia, siendo que, estos cambios conllevan a la elaboración de un Plan Operativo Anual Reformulado;

Que, la citada Directiva precisa que para efectos de la reformulación del Plan Operativo Anual 2013 de la Unidad Ejecutora 001 de la Administración Central del Ministerio de Salud, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos: i) Considerar la ejecución de metas físicas y presupuestarias realizada hasta el momento de la reformulación, con el fin de que la misma precise las metas por alcanzar y no exceda la Programación Anual de Compromisos; ii) el sustento para la reformulación está enmarcado en el análisis y sugerencias del Informe de Evaluación del POA y/ o de los informes de seguimiento; iii) en caso que la reformulación implique la disminución de las metas físicas o la reversión de recursos al Tesoro Público, ésta debe estar debidamente sustentada; y, iv) en el caso que la reformulación genere la solicitud de una ampliación de calendario o una nota modificatoria, éstas deben estar debidamente sustentadas y ser reportadas en los informes de seguimiento y/o evaluación del POA;

Que, con documento del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, sustenta la necesidad de reformular el Plan Operativo Anual 2013, señalando que esta reformulación tiene como "(…) propósito de redefinir los resultados a alcanzar en el año 2013, en concordancia con las prioridades establecidas por la actual gestión del Ministerio de Salud.

Un aspecto relevante entre las prioridades de la actual gestión es la consolidación del fortalecimiento de la rectoría que debe ser expresada en el Plan Operativo, por tanto fue necesario también, pasar la programación por el tamiz de las dimensiones de la rectoría que ser abordadas por los órganos de línea del Ministerio de Salud";

Que, asimismo, señala que el objetivo de la reformulación del Plan Operativo Anual 2013 de la Unidad Ejecutora 001 de la Administración Central del Ministerio de Salud, es contar con un Plan Operativo que responda a la Política de Salud expresada en sus Objetivos Generales Institucionales y que cada Objetivo General este estructurado, con un enfoque de procesos, en los resultados y productos/servicios que se entregan al ciudadano, priorizando los lineamiento de la gestión;

Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva Administrativa N° 192-MINSA-OGPP V.01, "Directiva Administrativa para el Planeamiento Operativo, Presupuestal y de Inversiones del año 2013 del Ministerio de Salud", aprobada mediante Resolución Ministerial N° 264-2013/MINSA, establece entre las situaciones que conllevan a la reformulación del Plan Operativo Anual 2013 de la Administración Central del Ministerio de Salud, la reformulación de los objetivos específicos por cambios de prioridades en la organización o su entorno;

Que, el nuevo marco de acción, establecido en el marco de la Política de Modernización de la Gestión Pública, así como por el cambio de prioridades de la actual gestión, han dado lugar a la reformulación del Plan Operativo 2013
de la Unidad Ejecutora 001 de la Administración Central Ministerio de Salud, por tanto es necesario formalizar dichos cambios;

Estando a lo propuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el Informe del visto;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8
del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobada con Decreto Legislativo N° 1161;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar el Documento Técnico denominado: Plan Operativo 2013 Reformulado de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Central Ministerio de Salud, el mismo que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Planificación y Gestión Institucional el desarrollo de las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Documento Técnico aprobado.

Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial "El Peruano".

La presente Resolución Ministerial y el Documento Técnico denominado: Plan Operativo 2013 Reformulado de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Central Ministerio de Salud, que forma parte integrante de la presente Resolución, serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_
normas.asp.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud.

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.