1/29/2014

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 329-2013-CE-PJ Constituyen la Oficina de Notificaciones de la Corte

Constituyen la Oficina de Notificaciones de la Corte Suprema de Justicia de la República, dependiente de la Oficina de Administración del Supremo Tribunal RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 329-2013-CE-PJ Lima, 18 de diciembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 2038-2013-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, que presenta propuesta para modificar la Resolución Administrativa N° 094-2013-CE-PJ, del 29 de mayo del año en curso, por la cual se dispuso que, a partir del 1 de agosto de 2013, las Cortes Superiores
Constituyen la Oficina de Notificaciones de la Corte Suprema de Justicia de la República, dependiente de la Oficina de Administración del Supremo Tribunal
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 329-2013-CE-PJ
Lima, 18 de diciembre de 2013
VISTOS:

El Oficio N° 2038-2013-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, que presenta propuesta para modificar la Resolución Administrativa N° 094-2013-CE-PJ, del 29 de mayo del año en curso, por la cual se dispuso que, a partir del 1 de agosto de 2013, las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur, diligencien las cédulas de notificación emitidas por sus respectivos órganos jurisdiccionales.

CONSIDERANDO:

Primero. Que en cumplimiento a lo establecido por Resolución Administrativa N° 094-2013-CE-PJ, con fecha 1 de agosto del presente año se transfirieron recursos de la Unidad Operativa denominada "Centro Lima Metropolitana - Callao, Servicio de Notificaciones" (SERNOT), creada por Resolución Administrativa N° 192-2008-CE-PJ, del 1 de julio de 2008, a las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Sur, Lima Norte y a la Corte Suprema de Justicia de la República, para optimizar su funcionamiento.

Segundo. Que el artículo sexto de la mencionada resolución dispuso que el diligenciamiento de las cédulas de notificación emitidas por las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, se realizará a través del Servicio de Notificaciones del Distrito Judicial de Lima, lo cual debe ser materia de evaluación.

Tercero. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 157° del Código Procesal Civil la notificación de las resoluciones judiciales, en todas las instancias, y aún en la Corte Suprema, se realiza por cédula. Del mismo modo, el artículo 159° del acotado texto legal, señala que las cédulas se enviarán a la oficina de notificaciones dentro de las veinticuatro horas de expedida la resolución, debiendo ser diligenciadas y devueltas en la forma y en los plazos que disponga el reglamento correspondiente.

Cuarto. Que, en ese sentido, conforme a la información estadística del desactivado "Servicio de Notificaciones" (SERNOT), la Corte Superior de Justicia de Lima es la que soporta la mayor carga en el diligenciamiento de cédulas de notificación; por tal motivo, deviene en pertinente que la Corte Suprema de Justicia de la República tramite su propia carga de notificaciones, en aras de salvaguardar los principios de celeridad y economía procesal. Por lo que siendo así, resulta necesario con tal propósito constituir la Oficina de Notificaciones en la Corte Suprema de Justicia de la República, dependiente de la Oficina de Administración del Supremo Tribunal.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 902-2013 de la cuadragésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, sin la intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Constituir la Oficina de Notificaciones de la Corte Suprema de Justicia de la
República, dependiente de la Oficina de Administración del Supremo Tribunal; y en consecuencia, el diligenciamiento de las cédulas de notificación emitidas por las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, se realizará a través de esta oficina.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el artículo sexto de la Resolución Administrativa N° 094-2013-CE-PJ, del 29 de mayo del año en curso.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General adopte las medidas necesarias para brindar el apoyo que se requiera para el adecuado funcionamiento de la Oficina de Notificaciones de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Lima, Lima Norte y Lima Sur; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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