1/24/2014

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 048-2014-PRODUCE/DGCHD Prorrogan vigencia de Convenios de abastecimiento

Prorrogan vigencia de Convenios de abastecimiento suscritos bajo el marco de la R.D. N° 039-2012-PRODUCE/ DGCHD, así como el plazo para cumplir obligación contenida en la R.M. N° 309-2013-PRODUCE RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 048-2014-PRODUCE/DGCHD Lima, 22 de enero de 2014 VISTOS: El Informe legal N° 129 2014-PRODUCE/DGCHD-Depchd de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE, se aprobó la Directiva
Prorrogan vigencia de Convenios de abastecimiento suscritos bajo el marco de la R.D. N° 039-2012-PRODUCE/ DGCHD, así como el plazo para cumplir obligación contenida en la R.M. N° 309-2013-PRODUCE
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 048-2014-PRODUCE/DGCHD
Lima, 22 de enero de 2014
VISTOS:

El Informe legal N° 129 2014-PRODUCE/DGCHD-Depchd de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE, se aprobó la Directiva General N° 011-2013-PRODUCE, denominada "Directiva que regula los Convenios de Abastecimiento celebrados entre titulares de permisos de pesca artesanal o de menor escala, y los titulares de las licencias de operación de los Establecimientos de Procesamiento Pesquero para Consumo Humano Directo del Recurso Anchoveta y Anchoveta Blanca", en cuyo artículo 4, se dispone que el Instituto Tecnológico de la Producción presente al Ministerio de la Producción, una propuesta de Factores de Conversión de las medidas autorizadas de capacidad instalada de las Plantas de Procesamiento de Productos Pesqueros para Consumo Humano Directo a toneladas por día (t/d);

Que, la Dirección de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, mediante Resolución Directoral N° 351-2013-PRODUCE/DGCHD
dispuso publicar el proyecto de Resolución Directoral que aprueba los Factores de Conversión de Capacidades de Producción y la Forma de Cálculo para la determinación de la Capacidad máxima para la suscripción de Convenios de Abastecimiento del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo, así como su Exposición de Motivos, a efectos de recibir los comentarios de la ciudadanía hasta el 4 de enero de 2014;

Que, asimismo, la citada Resolución Directoral en su artículo 2 prorrogó (i) el plazo previsto en el numeral 5.1 de la Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE
referido a la vigencia de los Convenios de abastecimiento suscritos bajo el marco de la Resolución Directoral N° 039-2012-PRODUCE/DGCHD hasta el 24 de enero de 2014, y (ii) el plazo para cumplir la obligación contenida en el numeral 5.2 de la acotada Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE referido a la presentación de los Convenios de abastecimiento por los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y a la Dirección Regional de la Producción competente, hasta el 31 de enero de 2014;

Que, en virtud de la publicación para comentarios del citado proyecto de norma, se han recibido numerosos comentarios de la población, que requieren un mayor tiempo para su evaluación, lo cual impide la aprobación de los Factores de Conversión de Capacidades de Producción y la Forma de Cálculo para la determinación de la Capacidad máxima para la suscripción de Convenios de Abastecimiento del Recurso Anchoveta para Consumo Humano Directo; indispensables para que los titulares de permisos de pesca artesanales o de menor escala y los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento pesquero para consumo humano directo, suscriban los Convenios de Abastecimiento, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución Directoral N° 227-2013-PRODUCE/DGCHD;

Que, en tal sentido, resulta necesario prorrogar la vigencia de los convenios de abastecimiento suscritos bajo el marco de la Resolución Directoral N° 039-2012-PRODUCE/DGCHD hasta el 14 de febrero de 2014, y prorrogar el plazo para cumplir la obligación referida a la presentación de los Convenios de Abastecimiento por los titulares de licencias de operación de plantas de procesamiento a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y a la Dirección Regional de la Producción competente, hasta el 3 de marzo de 2014;

Con el visado del Director de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo; y, De conformidad con la Ley General de Pesca - Decreto Ley N° 25977, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar la vigencia de los Convenios de abastecimiento suscritos bajo el marco de la Resolución Directoral N° 039-2012-PRODUCE/DGCHD hasta el 14
de febrero de 2014.

Artículo 2°.- Prorrogar el plazo para cumplir la obligación contenida en el numeral 5.2 de la Resolución Ministerial N° 309-2013-PRODUCE, referida a la presentación de los Convenios de abastecimiento por parte de los titulares de Licencias de operación de plantas de procesamiento, a la Dirección General de Supervisión y Fiscalización y a la Dirección Regional de la Producción competente, hasta el 3 de marzo de 2014.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ
Director General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo

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