1/25/2014
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2014-IN
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2014-IN Lima, 24 de enero de 2014 VISTO, el mensaje con referencia EEG2/50562/ MS/1157/8 del 8 de enero de 2014, mediante el cual la Oficina Central Nacional INTERPOL - Madrid, hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima, que el Juzgado Central de Instrucción N° 4 de la Audiencia Nacional española ha acordado la extradición activa a Perú del reclamado Abraham Ernesto PAZ GOYCOCHEA, la misma que ha sido autorizada por el Consejo de Ministros del Reino de España; por
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2014-IN
Lima, 24 de enero de 2014
VISTO, el mensaje con referencia EEG2/50562/ MS/1157/8 del 8 de enero de 2014, mediante el cual la Oficina Central Nacional INTERPOL - Madrid, hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional INTERPOL
– Lima, que el Juzgado Central de Instrucción N° 4 de la Audiencia Nacional española ha acordado la extradición activa a Perú del reclamado Abraham Ernesto PAZ
GOYCOCHEA, la misma que ha sido autorizada por el Consejo de Ministros del Reino de España; por tal motivo solicitan los planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Madrid - Reino de España hacia territorio peruano, antes del 8 de febrero de 2014.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema N° 069-2013-JUS
del 20 de junio de 2013, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Abraham Ernesto PAZ GOYCOCHEA, formulada por el Sexto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud - Homicidio Culposo, en agravio de Luz María HUANSHA QUESHYAC, y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 19-2014-DIRGEN
PNP/EMP-OCNI del 10 de enero de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio a partir del 1 al 7 de febrero de 2014, del Capitán de la Policía Nacional del Perú José Carlos ALARCÓN CHAPARRO y de la Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Hilda Consuelo MANOSALVA BECERRA, a la ciudad de Madrid - Reino de España, a fin de que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Abraham Ernesto PAZ GOYCOCHEA, formulada por el Sexto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud - Homicidio Culposo, en agravio de Luz María HUANSHA
QUESHYAC;
Que, mediante Memorándum Múltiple N° 29-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 13 de enero de 2014, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los funcionarios policiales antes mencionados, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano;
Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial;
Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10
de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado con Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 301 14 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión del servicio a partir del 1 al 7 de febrero de 2014, del Capitán de la Policía Nacional del Perú José Carlos ALARCÓN
CHAPARRO y de la Suboficial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Hilda Consuelo MANOSALVA
BECERRA, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Abraham Ernesto PAZ GOYCOCHEA, formulada por el Sexto Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud - Homicidio Culposo, en agravio de Luz María HUANSHA QUESHYAC, a realizarse en la ciudad de Madrid - Reino de España, con costo para el Estado peruano.
Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Personas T/C Total S/.
Viáticos US$ 540.00 7 X 2 = 7,560.00 2.799 21,160.44
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comisión del servicio, deberá presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados.
Artículo 4.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros
WALTER ALBÁN PERALTA
Ministro del Interior
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