2/12/2014

RESOLUCIÓN N° 034-2014-OSCE/PRE Modifican Inventario de Directivas vigentes y derogadas

Modifican Inventario de Directivas vigentes y derogadas relacionadas con la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y derogan la Directiva N° 004-99-CONSUCODE-PRE RESOLUCIÓN N° 034-2014-OSCE/PRE Jesús María, 31 de enero de 2014 VISTOS: El Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Directivo N° 001-2014/OSCE-CD, de fecha 10 de enero de 2014, correspondiente a la Sesión Ordinaria N° 001-2014/ OSCE-CD, el Informe N° 083-2013/DTN de fecha 24 de diciembre de 2013 y el Informe N° 006-2014/OAJ de fecha 09 de enero
Modifican Inventario de Directivas vigentes y derogadas relacionadas con la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado y derogan la Directiva N° 004-99-CONSUCODE-PRE
RESOLUCIÓN N° 034-2014-OSCE/PRE
Jesús María, 31 de enero de 2014
VISTOS:

El Acta de Sesión Ordinaria de Consejo Directivo N° 001-2014/OSCE-CD, de fecha 10 de enero de 2014, correspondiente a la Sesión Ordinaria N° 001-2014/ OSCE-CD, el Informe N° 083-2013/DTN de fecha 24 de diciembre de 2013 y el Informe N° 006-2014/OAJ de fecha 09 de enero de 2014de la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 57° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, de acuerdo al literal b) del artículo 58° de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, emitir Directivas en las materias de su competencia, siempre que se refieran a aspectos de aplicación de la citada Ley y su Reglamento;

Que, mediante Resolución N° 046-2012-OSCE/PRE, de fecha 29 de febrero de 2012, en virtud del Acuerdo N° 003-002 de la Sesión N° 002 del Consejo Directivo del OSCE, se aprobó el Inventario de Directivas vigentes y derogadas relacionadas con la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, el mismo que fue modificado por Resoluciones N° 170-2012-OSCE/PRE de fecha 28
de junio de 2012, N°375-2012-OSCE/PRE de fecha 28 de noviembre de 2012 y N° 229-2013-OSCE/PRE de fecha 08 de julio de 2013;

Que, a través del Informe N° 083-2013/DTN, la Dirección Técnico Normativa precisa que desde la última actualización del Inventario de las directivas relacionadas con la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, el Consejo Directivo aprobó las Directivas N° 003-2013-OSCE/CD y N° 004-2013-OSCE/CD, así como derogó expresamente las Directivas N° 011-2006-CONSUCODE/PRE y N° 001-2007-CONSUCODE-PRE, señalando además que luego de una investigación histórica realizada corresponde incluir en el Inventario, las Directivas N° 004-99-CONSUCODE-PRE, N° 005-99-CONSUCODE-PRE y N° 011-99-CONSUCODE-PRE, y derogar expresamente la Directiva N° 004-99-CONSUCODE-PRE cuyo contenido ha sido regulado por la Directiva N° 009-2012-OSCE/CD;

Que, el artículo 60° de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE y tiene entre sus funciones, conforme al literal e) del segundo párrafo del mismo, las que se le asigne en el Reglamento de Organización y Funciones;

Que, el literal a) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial N° 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo N° 006-2014-EF, prescribe como función del Consejo Directivo del OSCE, la aprobación de las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado;

Que, en ese sentido, en Sesión Ordinaria de Consejo Directivo N° 001-2014/OSCE-CD de fecha 10 de enero de 2014, el Consejo Directivo acordó modificar el Inventario de las directivas relacionadas con la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, así como derogar expresamente la Directiva N° 004-99-CONSUCODE-PRE "Procedimiento para la adopción de acciones administrativas y penales en caso de fraude o falsedad de declaraciones, documentos o información que se detecte en el CONSUCODE", de acuerdo al análisis legal realizado por la Dirección Técnico Normativa;

Que, el literal k) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, dispone que es función de la Presidenta Ejecutiva emitir Resoluciones sobre asuntos de su competencia, previo informe emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica;

Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado acuerdo del Consejo Directivo;

Con las visaciones de la Dirección Técnico Normativa, la Subdirección de Normatividad, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; y, Estando a lo expuesto, y de conformidad con el literal k) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Resolución Ministerial N° 789-2011-EF/10, modificado por Decreto Supremo N° 006-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el Inventario de Directivas vigentes y derogadas relacionadas con la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, aprobado por Resolución N° 046-2012-OSCE/PRE, modificado por Resoluciones N° 170-2012-OSCE/PRE, N° 375-2012-OSCE/PRE y N° 229-2013-OSCE/PRE, contenido en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme a la sustentación técnica y legal evaluada y aprobada por el Consejo Directivo.

Artículo 2°.- Derogar la Directiva N° 004-99-CONSUCODE-PRE "Procedimiento para la adopción de acciones administrativas y penales en caso de fraude o falsedad de declaraciones, documentos o información que se detecte en el CONSUCODE".

Artículo 3°.- Publicar la presente Resolución y el anexo a que se refiere el artículo 1°, en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (www.osce.
gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAGALI ROJAS DELGADO
Presidenta Ejecutiva

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