3/28/2014

DECRETO SUPREMO N° 023-2014-PCM que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Puerto

Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Puerto Bermúdez, de la provincia de Oxapampa, del departamento de Pasco DECRETO SUPREMO N° 023-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales y fuertes vientos, se produjeron daños a la red vial de las cuencas Shimaki, Kokari, Valle Nazategui, Límite Pichanaki, en el distrito de Puerto Bermúdez, además del colapso del Botadero Municipal de Puerto Bermúdez, ubicado a la margen izquierda
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el distrito de Puerto Bermúdez, de la provincia de Oxapampa, del departamento de Pasco
DECRETO SUPREMO N° 023-2014-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales y fuertes vientos, se produjeron daños a la red vial de las cuencas Shimaki, Kokari, Valle Nazategui, Límite Pichanaki, en el distrito de Puerto Bermúdez, además del colapso del Botadero Municipal de Puerto Bermúdez, ubicado a la margen izquierda del río Pichis produciéndose impacto negativo en las aguas, debido al ingreso de los residuos sólidos; la colmatación de la zona de los puentes, obstrucción del alcantarillado; así como, daños a las vías de comunicación, al sistema de agua potable, a los cultivos agrícolas, a las viviendas y a las instituciones educativas en el distrito de Puerto Bermúdez, de la provincia de Oxapampa, en el departamento de Pasco;

Que, el Gobierno Regional de Pasco, mediante Oficios N° 033, 054 y 059-2014-G.R.P.-PRE/PRDC-PASCO de fechas 30 de enero, 12 de febrero y 11 de marzo de 2014, respectivamente, sustentado en la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades de distintas localidades del distrito de Puerto Bermúdez, ha solicitado la Declaratoria de Estado de Emergencia en dicha localidad;

Que, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, con el Informe Técnico N° 0011-2014-INDECI/11.0 de fecha 17 de marzo de 2014, teniendo en consideración lo solicitado por el Gobierno Regional de Pasco, la Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades de distintas localidades del distrito de Puerto Bermúdez y su respectivo registro en el aplicativo del Sistema de Información Nacional de Respuesta y Rehabilitación -SINPADD a cargo del Gobierno Regional de Pasco, así como el Aviso Meteorológico del SENAMHI notificado en el Boletín N° 006 del 29 de enero de 2014, concluye que a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales, se evidencia la existencia de daños a la población, los cultivos agrícolas, las viviendas, las vías de comunicación, los servicios básicos e infraestructura diversa en el distrito de Puerto Bermúdez, específicamente en las áreas urbanas, la Comunidad Nativa de Santa Rosa – Sector Palmaz; la Red Vecinal Cuenca: Shimaki, Kokari, Valle Nazategui- Límite Pichanaki; las Comunidades Nativas de San Pedro, Puerto Yasupe, San José de Zupizu, La Florida Ancayali, Alto Zungaroyali y Batania; por lo que ha emitido opinión favorable para aprobar la Declaratoria de Estado de Emergencia ante los daños y perjuicios acontecidos.

Que, la magnitud de la situación descrita demanda la adopción de medidas inmediatas que permitan, al Gobierno Regional de Pasco, la Municipalidad Provincial de Oxapampa, y del Distrito de Puerto Bermúdez, según corresponda, con la coordinación del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, ejecutar acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación, así como de reducción y minimización del alto riesgo existente en las zonas afectadas, según corresponda; por lo que se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorándum N° 089-2014-PCM-SGRD, considerando que corresponde declarar el Estado de Emergencia;

De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, así como con el artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

DECRETA:

Artículo 1.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) días calendario, en el distrito de Puerto Bermúdez, de la provincia de Oxapampa, del departamento de Pasco, por impacto de daños a causa de las intensas precipitaciones pluviales y fuerte vientos, para la ejecución de medidas de excepciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación correspondientes.

Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Pasco, los Gobiernos Locales involucrados, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Educación, y demás instituciones públicas y privadas involucradas dentro de sus competencias, ejecutarán las medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Artículo 3.- Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, será responsable de realizar las coordinaciones necesarias
D.A. N° 008-2014-MSB-A.- Prorrogan plazo plazo de vigencia establecido en el artículo 8° de la Ordenanza N° 516-MSB sobre Beneficio de Regularización Tributaria 519786
Ordenanza N° 477-MSS.- Disponen el funcionamiento y continuidad del Seguro de Asistencia para el VSP
519787
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUALGAYOC
Ordenanza N° 001-2014-MDH.- Aprueban la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Hualgayoc 519789
entre el Gobierno Regional de Pasco, las Municipalidades Provincial de Oxapampa y Distrital de Puerto Bermúdez y los Sectores, Instituciones y Organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta y rehabilitación, así como de reducción y minimización del muy alto riesgo existente, en cuanto corresponda, con la finalidad que estas se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Agricultura y Riego, la Ministra de Salud y el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de marzo del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo Encargada del Despacho del Ministerio de Salud

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