Inicio
Corte Superior de Justicia de Lima
Poder Judicial
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 094-2014-P-CSJLI/PJ Amplían fecha de vencimiento de remisión y
3/01/2014
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 094-2014-P-CSJLI/PJ Amplían fecha de vencimiento de remisión y
Amplían fecha de vencimiento de remisión y redistribución de expedientes dispuesta mediante Res. Adm. N° 049-2014-P-CSJLI-PJ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 094-2014-P-CSJLI/PJ Lima, 25 de febrero de 2014 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 049-2014-P-CSJLI-PJ de fecha 24 de Enero del año en curso, el informe N° 002-2014-1°JMMBJSJL-ASCHB fecha 21 de febrero de los corrientes, Informe N° 026-2014-AEPR-UPD/CSJLI-PJ y; CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante la Resolución Administrativa N° 049-2014-P-CSJLI-PJ
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 094-2014-P-CSJLI/PJ
Lima, 25 de febrero de 2014
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 049-2014-P-CSJLI-PJ de fecha 24 de Enero del año en curso, el informe N° 002-2014-1°JMMBJSJL-ASCHB fecha 21 de febrero de los corrientes, Informe N° 026-2014-AEPR-UPD/CSJLI-PJ y;
CONSIDERANDO:
Primero.- Que, mediante la Resolución Administrativa N° 049-2014-P-CSJLI-PJ de vistos, la Presidencia de este Distrito Judicial dispone se implementen las medidas administrativas para la remisión y redistribución de los expedientes del 1°,2° y 3° Juzgado Mixto Permanente de San Juan de Lurigancho a las mesas de partes correspondientes de cada sede donde se ubican los Juzgados Mixtos Transitorios de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima, así como el plazo para el cumplimiento de dicha Resolución.
Segundo.- Que, mediante el oficio de vista, los jueces a cargo del 1°,2° y 3° Juzgado Mixto Permanente de San Juan de Lurigancho informan a la Presidencia, la imposibilidad de remitir la totalidad de ellos en el plazo fijado mediante resolución administrativa N°049-2014-P-CSJLI-PJ.
Tercero.- Que, si bien se señaló plazo perentorio para la remisión y/o redistribución de expedientes, cierto es también, que dicho plazo ha resultado insuficiente para el cumplimiento de lo dispuesto, tal como lo han hecho saber los jueces encargados de los Juzgados 1°,2° y 3°
Mixto Permanente de San Juan de Lurigancho, siendo ello así, resulta necesario ampliar de manera improrrogable por última vez la fecha de remisión y redistribución de expedientes;
Cuarto.- Que, asimismo habiéndose dispuesto en la Resolución de vista, que los magistrados de los juzgados antes mencionados cumplan con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de este distrito judicial, sobre el cumplimiento de lo ordenado, a fin de que dicha Unidad realice el seguimiento y monitoreo a cada uno de los órganos Jurisdiccionales. Asimismo, las aludidas dependencias judiciales, deberán dar cuenta a la Presidencia, al día siguiente de culminado la prórroga del plazo concedido;
Quinto.- Que, por razones expuestas, el Presidente de la Corte como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial de Lima y en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N° 214-2012-CE-PJ de fecha 05 de noviembre del 2012; y estando a lo señalado precedentemente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AMPLIAR la fecha de vencimiento de la remisión y redistribución de expedientes dispuesta por Resolución Administrativa N° 049-2014-P-CSJLI-PJ, de manera improrrogable, conforme al siguiente cronograma:
• Para el 2° y 3° Juzgado de San Juan de Lurigancho hasta el viernes 28 de febrero del 2014, y • Para el 1° Juzgado de San Juan de Lurigancho hasta el 31 de marzo del 2014.
Al día siguiente del término señalado para la remisión y redistribución de expedientes los coordinadores encargados deberán dar cuenta a la Presidencia de la Corte del cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- PONER en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima – ODECMA, el contenido de la presente resolución para que vele por su adecuado cumplimiento, procediendo conforme a sus funciones y atribuciones en defecto de ello.
Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura – OCMA, de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Gerencia de Administración Distrital y Coordinación de Personal.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)