3/08/2014

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 064-2014/JNAC/RENIEC Establecen jurisdicción de la Jefatura Regional 15 -

Establecen jurisdicción de la Jefatura Regional 15 - Huánuco y precisan jurisdicción de la Jefatura Regional 13 - Pucallpa RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 064-2014/JNAC/RENIEC Lima, 7 de marzo de 2014 VISTOS: Los Informes N° 000195-2013/GOR/RENIEC (04DIC2013), N° 000015-2014/GOR/RENIEC (13FEB2014) y las Hojas de Elevación N° 000530-2013/GOR/ RENIEC (12DIC2013) y N° 000051-2014/GOR/RENIEC (13FEB2014), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 000807-2013/GG/RENIEC (20DIC2013), emitido por la Gerencia General,
Establecen jurisdicción de la Jefatura Regional 15 - Huánuco y precisan jurisdicción de la Jefatura Regional 13 - Pucallpa
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 064-2014/JNAC/RENIEC
Lima, 7 de marzo de 2014
VISTOS: Los Informes N° 000195-2013/GOR/RENIEC (04DIC2013), N° 000015-2014/GOR/RENIEC (13FEB2014)
y las Hojas de Elevación N° 000530-2013/GOR/ RENIEC (12DIC2013) y N° 000051-2014/GOR/RENIEC (13FEB2014), emitidos por la Gerencia de Operaciones Registrales, el Memorando N° 000807-2013/GG/RENIEC (20DIC2013), emitido por la Gerencia General, la Hoja de Elevación N° 000019-2014/GPP/RENIEC (21ENE2014), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 000076-2014/GPP/SGP/RENIEC (21ENE2014), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Memorando N° 000112-2014/SGEN/RENIEC (14FEB2014), emitido por la Secretaria General, el Informe N° 000080-2014/GAJ/SGAJR/RENIEC (14FEB2014), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y la Hoja de Elevación N° 000110-2014/GAJ/RENIEC (14FEB2014), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, encargada de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que en la actualidad, la organización operativa de las provincias de los departamentos del país, consigna dentro de la jurisdicción de la Jefatura Regional 15 - Huánuco, al departamento de Pasco, la provincia de Tocache del departamento de San Martín y el departamento de Huánuco, excepto las provincias de Huacaybamba y Marañón a cargo de la Jefatura Regional 5 – Chimbote y la provincia de Puerto Inca a cargo de la Jefatura Regional 13 - Pucallpa;

Que la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, señala que la provincia de Marañón, del departamento de Huánuco, cuenta con una población identificada de 26,398 personas, cuya clasificación otorgada por el Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (FONCODES) a los tres distritos que la conforman es de "Pobre Extremo";

Que asimismo, señalan que a la fecha existe una nueva ruta de acceso a la provincia de Marañón desde la ciudad de Huánuco, la misma que es considerada como la más viable en tiempo y accesibilidad geográfica, por lo que recomiendan integrar dicha provincia a la Jefatura Regional 15 - Huánuco, siendo necesario la emisión del acto resolutivo que así lo disponga y que permita de esta manera incorporar dicha provincia;

Que en ese sentido, la Gerencia General y la Gerencia de Planificación y Presupuesto mediante documentos de vistos, consideran viable la incorporación de la provincia de Marañón, del departamento de Huánuco a la jurisdicción de la Jefatura Regional 15 -Huánuco, debiendo emitirse el acto resolutivo que así lo disponga;

Que como consecuencia de ello, mediante Resolución Jefatural N° 36-2014/JNAC/RENIEC publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 12 de febrero de 2014, se dispuso modificar el texto del artículo primero de la Resolución Jefatural N° 1 16-2012/JNAC/RENIEC (26ABR2012), que crea a la Jefatura Regional 15 – Huánuco incluyéndose dentro de su jurisdicción a la provincia de Marañón y Puerto Inca del departamento de Huánuco, respectivamente;

Que mediante documento de los vistos, la Gerencia de Operaciones Registrales señala que la provincia de Puerto Inca del departamento de Huánuco, forma parte de la jurisdicción de la Jefatura Regional 13 - Pucallpa, debido a su proximidad y fácil acceso;

Que por la creación de la Jefatura Regional Huánuco por Resolución Jefatural N° 116-2012/JNAC/RENIEC
y la posterior modificación de su jurisdicción señalada en los párrafos precedentes; hace necesario precisar la jurisdicción de la Jefatura Regional Pucallpa que fuera establecida mediante la Resolución Jefatural N° 375-2007-JEF-RENIEC (18ABR2007).

Que en virtud a ello, se hace necesario dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 36-2014/JNAC/RENIEC
publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 12 de febrero de 2014;

Que resulta necesario hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el inciso h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013), y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 36-2014/JNAC/RENIEC publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 12 de febrero de 2014.

Artículo Segundo.- Establézcase la jurisdicción de la Jefatura Regional 15 – Huánuco la cual tiene competencia sobre el departamento de Pasco, la provincia de T ocache del Departamento de San Martín y el departamento de Huánuco, con excepción de la provincia de Huaycabamba a cargo de la Jefatura Regional 5 – Chimbote y la provincia de Puerto Inca a cargo de la Jefatura Regional 13 - Pucallpa.

Artículo Tercero.- Establézcase que la Jefatura Regional 13 – Pucallpa que tiene su sede en la ciudad de Pucallpa, tendrá como jurisdicción las provincias de Atalaya, Coronel Portillo, Padre Abad y Purus del departamento de Ucayali; la provincia de Puerto Inca del departamento de Huánuco y la provincia de Ucayali del departamento de Loreto.

Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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