3/30/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 131-2014-DE/ Nombran a oficial de la FAP como Agregado de Defensa Adjunto y

Nombran a oficial de la FAP como Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente en la República de Paraguay RESOLUCIÓN SUPREMA N° 131-2014-DE/ Lima, 29 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley No. 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado mediante Decreto Legislativo N° 1143, establece que el Oficial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República,
Nombran a oficial de la FAP como Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente en la República de Paraguay
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 131-2014-DE/
Lima, 29 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14° de la Ley No. 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado mediante Decreto Legislativo N° 1143, establece que el Oficial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución; en este caso deberá tener por lo menos dos (02) años antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 45° y 46° de la citada Ley. Asimismo tendrán los mismos derechos que el personal diplomático establecidos en la norma que regula la materia;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 080-DE/ FAP del 04 de febrero de 2014, se da por concluido con fecha 01 de marzo de 2014, el nombramiento en Misión Diplomática del Mayor General FAP Igor Giovat Rolando GUZMAN Sánchez, como Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia y concurrente en la República del Paraguay;

Que, mediante Resolución Suprema N° 086-DE/ del 28 de febrero de 2014, se aprobó el cargo vacante a ser desempeñado por un Oficial de la Fuerza Aérea del Perú en Misión Diplomática en el Estado Plurinacional de Bolivia y concurrente en la República del Paraguay, a partir del 01 de abril de y y por un periodo máximo de dos (2) años;

Que, mediante Acta del 18 de marzo de y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 8° del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG del 13 de diciembre de 2006, la Comisión presenta al Ministro de Defensa la propuesta del Agregado Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente con el Paraguay;

Que, el artículo 9° del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al personal militar de las Fuerzas Armadas, por un período máximo de dos años;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28359
- Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y su modificatoria aprobada con el Decreto Legislativo N° 1143, el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG del 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, y la Resolución Suprema N° 086-2014-DE/ del 28 de febrero de 2014.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente Oficial Superior de la Fuerza Aérea del Perú a partir del 01 de abril de y por un período máximo de dos (2) años, en el cargos que se detalla:

CARGO
GRADO
NOMBRES Y APELLIDOS
Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia, concurrente en la República de Paraguay Coronel FAP
Ángel Martín Ríos Moncada Artículo 2°.- El mencionado Oficial deberá viajar al país al cual ha sido designado en Misión Diplomática, para asumir el respectivo cargo, una vez recibida la autorización correspondiente del Estado ante el cual será acreditado.

Artículo 3°.- El Ministerio de Defensa -Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006 y al procedimiento de cálculo de la remuneración por servicio exterior, establecido por el Decreto Supremo N° 16-95-RE
de fecha 16 de junio de 1995 y sus modificatorias.

Artículo 4°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se otorgará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (2) años autorizados, salvo lo previsto en el artículo 6° de la presente Resolución.

Artículo 5°.- El citado Oficial Superior destacado al Ministerio de Relaciones Exteriores pasará revista en el Comando de Personal su Institución, por el período que dure la Misión Diplomática.

Artículo 6°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.

Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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