3/29/2014

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 156-2014-MTC/03 Aprueban transferencia de autorización otorgada

Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.VM. N° 939-2011-MTC/03 a favor de Grupo Turbo Mix S.R.L., para prestar servicio de radiodifusión comercial en FM RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 156-2014-MTC/03 Lima, 21 de Marzo del 2014 VISTO, el escrito de registro N° 2013-068415 del 11 de noviembre de 2013, presentado por el señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, sobre aprobación de la transferencia de su autorización para prestar el servicio de radiodifusión comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Bambamarca
Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.VM. N° 939-2011-MTC/03 a favor de Grupo Turbo Mix S.R.L., para prestar servicio de radiodifusión comercial en FM
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 156-2014-MTC/03
Lima, 21 de Marzo del 2014
VISTO, el escrito de registro N° 2013-068415 del 11 de noviembre de 2013, presentado por el señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, sobre aprobación de la transferencia de su autorización para prestar el servicio de radiodifusión comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Bambamarca - Hualgayoc, departamento de Cajamarca, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX
S.R.L.;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 939-2011-MTC/03 del 14 de octubre de 2011, notificada el 20 de octubre de 2011, se otorgó autorización al señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Bambamarca - Hualgayoc, departamento de Cajamarca, con vigencia hasta el 20 de octubre de 2021;

Que, con escrito de visto, el señor WILMER HUARIPATA
AGUILAR solicita se apruebe la transferencia de su autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 939-2011-MTC/03, a favor de la empresa GRUPO TURBO
MIX S.R.L.;

Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, establece que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 23° de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada;

Que, a su vez, el artículo 73° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 77°
del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 0489 -2014-MTC/28 opina que corresponde aprobar la transferencia de autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 939-2011-MTC/03 al señor WILMER HUARIPATA AGUILAR, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L., para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Bambamarca –
Hualgayoc, departamento de Cajamarca, debiendo expedirse la Resolución Viceministerial que así lo declare y reconozca a esta última, como nueva titular de dicha autorización;
así como, de los derechos y obligaciones derivados de la misma, al haberse verificado que cumple con los requisitos y condiciones establecidas en la Ley de Radio y Televisión, su Reglamento y el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión -Ley N° 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor WILMER HUARIPATA AGUILAR
mediante Resolución Viceministerial N° 939-2011-MTC/03, a favor de la empresa GRUPO TURBO MIX S.R.L.
conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionada a dicha autorización.

Artículo 2°.- Reconocer a la empresa GRUPO TURBO
MIX S.R.L., como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 939-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma.

Artículo 3°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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