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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00112/2014-INIA Incluyen los ítems 226 al 401 en la Guía de Servicios del
4/14/2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00112/2014-INIA Incluyen los ítems 226 al 401 en la Guía de Servicios del
Incluyen los ítems 226 al 401 en la Guía de Servicios del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00112/2014-INIA Lima, 10 de abril de 2014 VISTOS: El Oficio N° 0321-2014-INIA-DEA, de fecha 3 de marzo de 2014, Oficio N° 0388-2014-INIA-DEA de fecha 12 de marzo de 2014, Oficio N° 0584-2014-INIA-DEA de fecha 8 de abril de y el Oficio N° 463-2014-INIA-OGA/DG de fecha 1 de abril de 2014, emitidos por la Dirección de Extensión Agraria y la Oficina General de Administración del Instituto
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00112/2014-INIA
Lima, 10 de abril de 2014
VISTOS:
El Oficio N° 0321-2014-INIA-DEA, de fecha 3 de marzo de 2014, Oficio N° 0388-2014-INIA-DEA de fecha 12 de marzo de 2014, Oficio N° 0584-2014-INIA-DEA de fecha 8 de abril de y el Oficio N° 463-2014-INIA-OGA/DG
de fecha 1 de abril de 2014, emitidos por la Dirección de Extensión Agraria y la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria –INIA, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM publicado el 18 de julio de 2001, faculta al Titular de las Entidades del Sector Público, establecer mediante Resolución la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiera, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago;
Que, para efectos de lo establecido en el presente dispositivo, se entiende por Actividades Comerciales, la venta o alquiler de bienes o servicios que son suministrados en exclusividad por el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA, referidas a las actividades que el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA brinda a solicitud de los usuarios que manifiesten su voluntad de obtenerlos, y que generalmente se brinda en condiciones de competencia;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 135-2002-INIA
y su modificatorias, se aprueba la Guía de Servicios; del Instituto Nacional de Investigación Agraria –INIA, dando cumplimiento así a lo establecido en el Decreto Supremo
N° 088-2001-PCM;
Que, la Dirección de Extensión Agraria del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA mediante los oficios del Visto, expone la necesidad de incluir los precios de Semilla Básica de Arroz, Semilla Registrada de Arroz y Semilla Básica de la Línea de Parentales de Híbridos de Maíz Amarillo Duro liberados por el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, dado la suscripción del Acta de Reunión de Productores de Semilla de la Región Lambayeque, Piura, La Libertad, Jaén y Bagua de fecha 4
de marzo de 2014, por mandato de la Comisión Nacional de Semillas – CONASE, con la Asociación de Productores de Semilla de Arroz y Maíz Amarillo Duro; que establecen en el Acuerdo N° 3 los precios de los productos en mención;
Que, la Oficina General de Administración mediante Oficio N° 463-2014-INIA-OGA/DG ha validado la estructura de precios de la producción de Semilla Básica de Arroz, Semilla Registrada de Arroz y Semilla Básica de la Línea de Parentales de Híbridos de Maíz Amarillo Duro, de las variedades liberadas por el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA, que incluyen tanto los costos directos como los indirectos; asimismo, la Oficina General de Planificación mediante Oficio N° 307-2014-INIA-OGP/ OP, expresa la necesidad de la actualización de la Guía de Servicios en su totalidad;
Que, las precitadas actividades y cobros efectuados por las Estaciones Experimentales Agrarias de Arequipa, Donoso, El Porvenir, San Roque y Vista Florida en ocasión a la prestación de los servicios deben cumplir con los requisitos de legalidad, publicidad, transparencia y rendición de cuentas;
Que, el Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA
busca promover e intensificar la producción y consumo de las semillas, en este caso del Arroz y el Maíz Amarillo Duro, y permitir el acceso de los ciudadanos, gobiernos
locales, regionales y otros, a los mencionados productos en sus diversas variedades;
Que, es necesario aprobar la inclusión de los ítems 226 al 401 en la Guía de Servicios del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, para posibilitar su venta y brindar el apoyo al desarrollo agrario de las Estaciones Experimentales Agrarias de Arequipa, Donoso, El Porvenir, San Roque y Vista Florida;
Estando a las funciones y facultades consideradas en el Artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2005-AG, modificado por Decreto Supremo N° 027-2008-AG, y con la visación de los Directores Generales de Extensión Agraria, Planificación, Administración y Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- INCLUIR los ítems 226 al 401 en la Guía de Servicios del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, aprobada mediante Resolución Jefatural N° 135-2002-INIA, según las especificaciones consignadas en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integral de la presente Resolución:
Artículo 2°.- Los ingresos recaudados por los conceptos señalados en la presente Resolución, constituirán Recursos Directamente Recaudados del Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA.
Artículo 3°.- La Oficina General de Planificación, deberá dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 2°
del Decreto Supremo N° 088-2001-PCM.
Artículo 4°.- El Anexo de la Guía de Servicios será publicado en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria -INIA (www.inia.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
J. ARTURO FLOREZ MARTINEZ
Jefe
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