4/24/2014

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 199-2014-MTC/03 Renuevan autorización a persona natural para prestar

Renuevan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Barranca - Paramonga, departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 199-2014-MTC/03 Lima, 7 de abril del 2014 VISTA, la solicitud de registro N° 2013-022594 del 17 de abril de 2013, presentada por el señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO, sobre renovación de autorización de la estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Barranca-Paramonga,
Renuevan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Barranca - Paramonga, departamento de Lima
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 199-2014-MTC/03
Lima, 7 de abril del 2014
VISTA, la solicitud de registro N° 2013-022594 del 17 de abril de 2013, presentada por el señor FERMIN RODRIGUEZ
SOLORZANO, sobre renovación de autorización de la estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Barranca-Paramonga, departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 299-2003-MTC/03, del 19 de setiembre de 2003, se otorgó al señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO, autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima; con vigencia hasta el 22
de setiembre de 2013;

Que, con escrito de registro N° 2013-022594, del 17 de abril de 2013, el señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO
solicitó renovación de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 299-2003-MTC/03;

Que, conforme al artículo 15° de la Ley de Radio y Televisión – Ley No. 28278, concordado con los artículos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 005-2005-MTC, el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos;

Que, los artículos 69°, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones otorgadas para prestar el servicio de radiodifusión;

Que, el artículo 68° del citado Reglamento dispone que la solicitud puede presentarse hasta el día de vencimiento del plazo de vigencia de la respectiva autorización otorgada;
verificándose en el presente caso, que la solicitud de renovación fue presentada el 17 de abril de 2013, esto es, dentro del plazo establecido;

Que, el artículo 19° de la Ley de Radio y Televisión, concordante con el numeral 3) del artículo 71° de su Reglamento, establece que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, según el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Lima, aprobado con Resolución Viceministerial N° 251-2004-MTC/03 y sus modificatorias, se comprende a la localidad de Barranca-Paramonga, la misma que incluye al distrito y provincia de Barranca, donde se ubica la estación materia de renovación;

Que, mediante Informe N° 0593-2014-MTC/28 la Dirección General de Autorizaciones en T elecomunicaciones, opina que corresponde renovar la autorización otorgada al señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO mediante Resolución Viceministerial N° 299-2003-MTC/03, al haberse verificado el cumplimiento de las condiciones y requisitos previstos para tal efecto y que el solicitante no se encuentra incurso en los impedimentos o causales para denegar la renovación de una autorización contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley N° 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Renovar la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial N° 299-2003-MTC/03 a favor del señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO, por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 22 de setiembre de 2023, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Barranca – Paramonga, departamento de Lima.

Artículo 2°.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, el titular de la autorización renovada efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y debe haber efectuado el pago canon anual.

En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 3°.- El titular de la autorización renovada está obligado al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados.

Artículo 4°.- El titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC.

Artículo 5°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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