5/24/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0322/RE-2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0322/RE-2014 Lima, 21 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Alianza del Pacífico es una iniciativa para conformar un área de integración en la que se avance en la liberación del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al área del Pacífico y al mundo; Que, la XVI Ronda de Reuniones de los Grupos Técnicos, la XXIV Reunión del Grupo de Alto Nivel y la Reunión de
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0322/RE-2014
Lima, 21 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, la Alianza del Pacífico es una iniciativa para conformar un área de integración en la que se avance en la liberación del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al área del Pacífico y al mundo;
Que, la XVI Ronda de Reuniones de los Grupos Técnicos, la XXIV Reunión del Grupo de Alto Nivel y la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y Ministros de Comercio Exterior de la Alianza del Pacífico se llevarán a cabo en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 27 al 30 de mayo de 2014;
Que, en el marco de las citadas reuniones se continuarán los trabajos en materia de profundización de la cooperación, la facilitación de movimiento de personas y la ejecución de la estrategia de relacionamiento externo del mecanismo, entre otras materias, orientados a consolidar y fortalecer el proceso de la Alianza del Pacífico y alcanzar sus objetivos, conforme a lo dispuesto por los Jefes de Estado de los países miembros;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 2682, del Despacho Viceministerial, de 13 de mayo de 2014; y los Memoranda (DAE) N° DAE0550/2014, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 6 de mayo de 2014, y (OPP) N° OPP0666/2014, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 15 de mayo de 2014, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807
y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 27 al 30 de mayo de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 26 de mayo de y su retorno el 31 de mayo de 2014:
• Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Doraliza Marcela López Bravo, Directora General para Asuntos Económicos; y, • Ministro en el Servicio Diplomático de la República Ignacio Higueras Hare, Director de Integración de la Dirección General para Asuntos Económicos.
Artículo 2°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Abogada Mónica Roxana Rosell Medina, Jefa de la Oficina de Derecho Internacional Público, de la Oficina General de Asuntos Legales a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 29 al 30 de mayo de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 28 de mayo de y su retorno el 31 de mayo de 2014;
Artículo 3°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 27
al 28 de mayo de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 26 de mayo de y su retorno el 29 de mayo de 2014:
•Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Rafael Polo Castañeda, Director de Política Consular, de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares;
• Ministra en el Servicio Diplomático de la República María Eugenia Echeverría Herrera vda. de de Pury, Directora de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos; y, • Primera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Gianina Torres Díaz, Jefa de la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Oficina General de Comunicación.
Artículo 4°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930: Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica
US$
Viáticos por día
US$
N° de días Total Viáticos
US$
Doraliza Marcela López Bravo 1,250.00 440.00 4 + 1 2,200.00
Carlos Rafael Polo Castañeda 1,250.00 440.00 2 + 1 1,320.00
Ignacio Higueras Hare 1,250.00 440.00 4 + 1 2,200.00
María Eugenia Echeverría vda. de de Pury 1,250.00 440.00 2 + 1 1,320.00
Gianina Torres Díaz 1,250.00 440.00 2 + 1 1,320.00
Mónica Roxana Rosell Medina 1,250.00 440.00 2 + 1 1,320.00
Artículo 5°.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios presentarán a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 6°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDA RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)