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RESOLUCION MINISTERIAL N° 0598-2014-IN Constituyen Grupo de Trabajo para la elaboración del Plan de
5/21/2014
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0598-2014-IN Constituyen Grupo de Trabajo para la elaboración del Plan de
Constituyen Grupo de Trabajo para la elaboración del Plan de Actividades para el desarrollo de la Quinta Reunión de Ministros de Estado en Materia de Seguridad de Estado de las Américas (MISPA V) RESOLUCION MINISTERIAL N° 0598-2014-IN Lima, 20 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano forma parte de la Organización de Estados Americanos – OEA y se encuentra representado en la referida organización, dando cumplimiento al propósito de la Carta de la OEA y a la Carta Democrática Interamericana; Que,
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0598-2014-IN
Lima, 20 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el Estado Peruano forma parte de la Organización de Estados Americanos – OEA y se encuentra representado en la referida organización, dando cumplimiento al propósito de la Carta de la OEA y a la Carta Democrática Interamericana;
Que, dentro de las materias que promueve la Organización de Estados Americanos, se encuentra como eje prioritario "Garantizar un Enfoque Multidimensional a la Seguridad", por lo que desde el año 2008 se realiza la Reunión de Ministros de Estado en Materia de Seguridad Pública de las Américas;
Que, en la Cuarta Reunión de Ministros de Estado en Materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA IV)
realizada en la ciudad de Medellín, República de Colombia, se aprobaron las Recomendaciones de Medellín para el Fortalecimiento de la Cooperación Internacional en Materia de Seguridad Pública, en cuyo punto 9 se acogió por unanimidad el ofrecimiento del Estado Peruano para ser Sede de la siguiente MISPA a realizarse en año 2015;
Que, conforme al artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Sector Interior, diseña, establece, promueve, ejecuta, supervisa y evalúa políticas públicas en materia de orden interno y orden público, con el objeto de garantizar el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos humanos con visión integral e intersectorial, en todo el territorio nacional;
Que, en ese contexto, corresponde al Ministerio del Interior ser la entidad responsable de realizar las coordinaciones necesarias para la realización de la Quinta Reunión de Ministros de Estado en Materia de Seguridad de Estado de las Américas (MISPA V), así como sus respectivas reuniones preparatorias;
Que, en tal virtud, se ha propuesto conformar un Grupo de Trabajo para la elaboración del Plan de Actividades para la realización del MISPA V y sus reuniones preparatorias;
Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constitución de Grupo de Trabajo Constitúyase el Grupo de Trabajo para la elaboración del Plan de Actividades para el desarrollo de la Quinta Reunión de Ministros de Estado en Materia de Seguridad de Estado de las Américas (MISPA V), a realizarse en nuestro país.
El Grupo de Trabajo estará integrado por los siguientes miembros:
a) El Ministro del Interior o su representante, quien lo presidirá.
b) El Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio del Interior o su representante.
c) El Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior o su representante.
d) La Secretaria General del Ministerio del Interior o su representante.
e) El Director General de Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior.
f) La Directora General de Administración del Ministerio del Interior.
g) El Director General de la Policía Nacional del Perú o su representante.
h) El Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú.
i) El Director de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú.
La Directora General de Administración del Ministerio del Interior actuará como Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo.
Para el cumplimiento de sus fines, el Grupo de Trabajo podrá solicitar la participación de funcionarios, especialistas y demás representantes de entidades públicas e instituciones privadas.
Artículo 2.- Actividades a cargo del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo constituido por el artículo precedente tendrá a su cargo las siguientes actividades:
a) Elaborar una propuesta de Plan de Actividades para el desarrollo de la Reunión de Ministros de Estado en Materia de Seguridad Pública de las Américas (MISPA V) y sus respectivas reuniones preparatorias.
b) Proponer los temas de interés que el Estado Peruano, a través del Ministerio del Interior, debe plantear en las reuniones preparatorias del MISPA V, a fin de que sean considerados dentro de la agenda del referido evento.
Artículo 3.- Instalación e Informe Final El Grupo de Trabajo debe instalarse en un plazo no mayor de siete (07) días calendarios contados a partir de la publicación de la presente resolución.
El Informe Final del Grupo de Trabajo deberá ser presentado al Despacho Ministerial en un plazo no mayor a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de su instalación. El referido informe deberá incluir el Plan de Actividades y los temas de interés señalados en el artículo 2 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Requerimiento de información Todas las entidades, órganos, unidades orgánicas y dependencias del Sector Interior están obligados a brindar la información que requiera el Grupo de Trabajo y su Secretaría Técnica, para el desarrollo de las actividades encomendadas.
Artículo 5.- Facilidades El Viceministro de Gestión Institucional brindará los bienes y servicios que resulten necesarios para el funcionamiento del Grupo de Trabajo constituido por la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBAN PERALTA
Ministro del Interior
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