5/24/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 161-2014-EF/43 Aprueban Acuerdo de prestación de servicios de

Aprueban Acuerdo de prestación de servicios de calificación de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Standard & Poor´s Rating Services RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 161-2014-EF/43 Lima, 23 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado
Aprueban Acuerdo de prestación de servicios de calificación de riesgo soberano a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Standard & Poor´s Rating Services
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 161-2014-EF/43
Lima, 23 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y financiera, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo;

Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2006-EF, se aprobó el "Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento", en adelante Procedimiento, disponiendo que las contrataciones de los referidos servicios serán efectuadas por la Oficina General de Administración (en la actualidad Oficina General de Administración y Recursos Humanos) a requerimiento de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público (en la actualidad Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público), cuando éstos estén indirectamente vinculados a una operación de endeudamiento público o de administración de deuda;

Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del mencionado Procedimiento, establece que se consideran como servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, para efectos de lo dispuesto en el numeral 46.1 del artículo 46 del T.U.O. de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, entre otros, los servicios de clasificación de riesgo;

Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9 del precitado Procedimiento dispone que cuando los servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, son prestados por proveedores únicos, la Oficina General de Administración y Recursos Humanos procederá a su contratación directa, previo cumplimiento de las acciones que señala dicho numeral, agregando la Segunda Disposición Final del citado Procedimiento que la interpretación de las disposiciones contenidas en dicho documento es competencia de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público;

Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, a través del Memorando N° 012-2014-EF/52.05, sustenta la contratación como proveedor único de la empresa Standard & Poor’s Rating Services, para que brinde el servicio de calificación de riesgo soberano;

Que, la empresa Standard & Poor’s Rating Services presta el servicio de calificación de riesgo soberano, mediante la evaluación del comportamiento de variables cuantitativas como los indicadores macroeconómicos relativos a la estructura de la economía, la fiexibilidad monetaria y fiscal, entre otros, en base a su propia metodología, que tiene un significado particular y único en el mercado;

Que, la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración y Recursos Humanos ha elaborado los Informes N° 233-2014-EF/43.03 y 264-2014-EF/43.03;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 499-2014-EF/42.01, opina favorablemente sobre el proyecto de Acuerdo a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Standard & Poor’s Rating Services para la prestación del servicio de calificación de riesgo soberano; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 – Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el Decreto Supremo N° 033-2006-EF, que aprueba el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el Marco de la Ley N° 28563 - Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y modificatorias y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado mediante Resolución Ministerial N° 223-2011-EF/43;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Acuerdo de prestación de servicios de calificación de riesgo soberano, a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Standard & Poor’s Rating Services.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administración y Recursos Humanos para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el Acuerdo referido en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas

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