5/29/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 023-2014-EF Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el

Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, para apoyar la "Implementación de la Propuesta de Preparación para la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de Bosques REDD+ (R-PP) en Perú" RESOLUCIÓN SUPREMA N° 023-2014-EF Lima, 28 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo – BID – otorgará una Cooperación Técnica No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de US$ 3 800 000,00 (TRES MILLONES
Aceptan Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, para apoyar la "Implementación de la Propuesta de Preparación para la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de Bosques REDD+ (R-PP) en Perú"
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 023-2014-EF
Lima, 28 de mayo de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el Banco Interamericano de Desarrollo – BID
– otorgará una Cooperación Técnica No Reembolsable a la República del Perú hasta por la suma de US$ 3
800 000,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL
Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), para apoyar la "Implementación de la Propuesta de Preparación para la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de Bosques REDD+ (R-PP) en Perú", cuya ejecución estará a cargo del Ministerio del Ambiente, a través del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático;

Que, la aludida Cooperación Técnica No Reembolsable tiene como objetivo complementar los esfuerzos que el Estado Peruano viene realizando en el ámbito del Programa de Inversión Forestal, destinado a apoyar la reducción de las emisiones de carbono debidas a la deforestación y la degradación forestal;

Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la referida Cooperación Técnica No Reembolsable y autorizar la suscripción del Convenio que la implementa;

De conformidad con lo dispuesto en la Décimo Quinta Disposición Complementaria y Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aceptar la Cooperación Técnica No Reembolsable a ser otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo – BID hasta por US$ 3 800 000,00 (TRES
MILLONES OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES
AMERICANOS), para apoyar la "Implementación de la Propuesta de Preparación para la Reducción de Emisiones por Deforestación y Degradación de Bosques REDD+ (R-PP) en Perú", a ser ejecutada por el Ministerio del Ambiente, a través del Programa Nacional de Conservación de Bosques para la Mitigación del Cambio Climático.

Artículo 2°.- Autorizar al Ministro de Economía y Finanzas, o a quien él designe, a suscribir el Convenio que implemente la Cooperación Técnica No Reembolsable referida en el Artículo 1 de la presente resolución;
así como al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado Convenio.

Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas

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