6/14/2014

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 145-2014/JNAC/RENIEC Autorizan delegación de funciones registrales a la

Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina Auxiliar de la Municipalidad Distrital de Pinto Recodo, provincia de Lamas, departamento de San Martín, que funciona en el Centro Poblado de Gozen RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 145-2014/JNAC/RENIEC Lima, 13 de junio de 2014 VISTOS: El Informe N° 000190-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC (25ABR2014) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000346-2014/GRC/RENIEC (02MAY2014) de la Gerencia de Registros
Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina Auxiliar de la Municipalidad Distrital de Pinto Recodo, provincia de Lamas, departamento de San Martín, que funciona en el Centro Poblado de Gozen
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 145-2014/JNAC/RENIEC
Lima, 13 de junio de 2014
VISTOS:

El Informe N° 000190-2014/GPRC/SGIRC/RENIEC (25ABR2014) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando N° 000346-2014/GRC/RENIEC (02MAY2014) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000044-2014/GPRC/RENIEC (03JUN2014)
de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias;

Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8° de la Ley N° 26497-Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, mediante la Guía de Procedimientos GP-348-GPRC/SGIRC/005, Delegación de Funciones Registrales e Incorporación al Sistema Registral de Oficinas de Registros del Estado Civil de Centros Poblados y Municipalidades de Centros Poblados y Oficinas Auxiliares de Municipalidades, aprobada por Resolución Secretarial N° 093-2012-SGEN/RENIEC, se han regulado los procedimientos registrales relativos a Centros Poblados, Municipalidades de Centros Poblados o Municipalidades Distritales o Provinciales cuyas OREC u Oficinas Auxiliares han sido incorporadas al Sistema Registral;

Que, la Municipalidad Distrital de Pinto Recodo, Provincia de Lamas, Departamento de San Martín, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la delegación de funciones registrales e incorporación al Sistema Registral para una Oficina Auxiliar que funciona en su Agencia Municipal ubicada en el Caserío Gozén del Centro Poblado de Gozén, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados, Comunidades Nativas y Oficinas Auxiliares de Municipalidades Distritales y Provinciales;

Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fin de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley N° 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, c, e, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Oficina Auxiliar de la Municipalidad Distrital de Pinto Recodo, Provincia de Lamas, Departamento de San Martín, que funciona en la Agencia Municipal de la citada Municipalidad ubicada en el Caserío Gozén del Centro Poblado de Gozén.

Artículo 2°.- El Jefe de la Oficina Auxiliar de la Municipalidad señalada en el artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC.

Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento y Defunción, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Pinto Recodo, Provincia de Lamas, Departamento de San Martín; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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