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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 386-MTC/01 Acreditan a Ejecutor Coactivo perteneciente a la Oficina
6/23/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 386-MTC/01 Acreditan a Ejecutor Coactivo perteneciente a la Oficina
Acreditan a Ejecutor Coactivo perteneciente a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante diversas entidades, para poder ordenar embargos o requerir su cumplimiento, respecto de las cobranzas coactivas del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 386-MTC/01 Lima, 17 de junio de 2014 VISTO: El Memorándum N° 1255-2014-MTC/10.07 del Director General de la Oficina General de Administración sobre la acreditación del Ejecutor Coactivo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 386-MTC/01
Lima, 17 de junio de 2014
VISTO:
El Memorándum N° 1255-2014-MTC/10.07 del Director General de la Oficina General de Administración sobre la acreditación del Ejecutor Coactivo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, en su artículo 3° establece que el Ejecutor Coactivo es el titular del Procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la Obligación, de acuerdo a lo establecido en dicha Ley;
señalando que su cargo es indelegable;
Que, asimismo, en su artículo 33°-A establece que sólo los Ejecutores Coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las diferentes oficinas regístrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación, podrán ordenar embargos o requerir su cumplimiento; que la acreditación deberá contener, cuando menos, el nombre de la persona, el número del documento de identificación personal, el domicilio personal, el número de inscripción correspondiente a su colegiatura, el número y fecha de la resolución que lo designa, el registro de firmas y sellos correspondientes, la dirección de la oficina en donde funciona la Ejecutoría Coactiva de la Entidad. Y que la acreditación del Ejecutor Coactivo deberá ser suscrita por el Titular de la Entidad correspondiente;
Que, mediante el Oficio N° 06-2013-SUNAT/4L1200, de fecha 20 de febrero de 2013, dirigido por el Jefe de la División de Contabilidad Financiera de la Gerencia Financiera de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -SUNAT, a la Ejecutoría Coactiva del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con ocasión de la ejecución de una medida cautelar ordenada, le solicita la acreditación del Ejecutor Coactivo mediante la resolución correspondiente, de acuerdo con el artículo 33°-A del T exto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, concordado con el artículo 3° numeral 3.3 de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 069-2003-EF;
Que, con el Informe N° 058-2013-MTC/10.08.
EC, de fecha 12 de diciembre de 2013, dirigido por el Ejecutor Coactivo al Director de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración, manifiesta la necesidad de acreditar al Ejecutor Coactivo de acuerdo con la normatividad señalada;
Que, según el Informe N° 017-2014-MTC/10.07, de fecha 21 de febrero de 2014, del Director de la Oficina de Personal al Director General de la Oficina General de Administración, señala que de acuerdo con el Informe Escalafonario N° 0056-2014-MTC/10.07.LPA, la Abogada Colegiada Ana María Gómez Trujillo desempeña el cargo de Ejecutor Coactivo de la Oficina General de Administración, contratada por Servicios Personales, desde el 25 de mayo de 2011 a la fecha;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 0040-2014-MTC/10.07, de fecha 10 de enero de 2014, se dispone renovar a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de los contratos de Servicios Personales, entre otros, a la servidora Ana María Gómez Trujillo, en el cargo de Ejecutor Coactivo;
Que, según el artículo 39° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, la Oficina General de Administración tiene como una de sus funciones, las acciones relativas a las cobranzas coactivas del Ministerio;
Que, de acuerdo con lo actuado se debe dictar la resolución correspondiente;
De conformidad con la Ley N° 29370, Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, Decreto Supremo N° 018-2008-JUS y Decreto Supremo N° 069-2003-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Acreditar a la Abogada ANA MARÍA
GÓMEZ TRUJILLO quien desempeña el cargo de Ejecutor Coactivo perteneciente a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las diferentes oficinas regístrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación, para poder ordenar embargos o requerir su cumplimiento, respecto de las cobranzas coactivas del Ministerio.
Artículo 2°.- Los datos correspondientes a la acreditación del Ejecutor Coactivo ante las entidades y dependencias que señala el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, consta en el Anexo que forma parte ésta, de acuerdo con el artículo 33°-A del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, concordado con el artículo 3° numeral 3.3 de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo
N° 069-2003-EF.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
CARLOS PAREDES RODRIGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
- Nombre de la persona: ANA MARÍA GÓMEZ
TRUJILLO
- Número del Documento Nacional de Identidad:
40055284
- Domicilio personal: Jr. Ancash N° 920- Cercado de Lima - Número de inscripción correspondiente a su colegiatura: 43703 Colegio de Abogados de Lima.
- Número y fecha de la Resolución que lo designa:
Resolución Directoral N° 0040-2014-MTC/10.07 de fecha 10 de enero de 2014, de Renovación de Contrato por Servicios Personales, correspondiente al Año Fiscal 2014.
- La Ejecutoria Coactiva funciona en la Oficina General de Administración.
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