6/12/2014

RESOLUCIÓN N° 445-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de presidente y

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de presidente y vicepresidente del Gobierno Regional de Lambayeque, y de consejero del Consejo Regional de Lambayeque RESOLUCIÓN N° 445-2014-JNE Expediente N° J-2014-00561 LAMBAYEQUE Lima, nueve de junio de dos mil catorce. VISTO el Oficio N.° 023-2014-GR.LAMB./SCR. CD, presentado el 29 de mayo de por Miguel Bázan Zárate, consejero delegado, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a Humberto Acuña Peralta, presidente del Gobierno Regional de Lambayeque. CONSIDERANDOS 1.
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de presidente y vicepresidente del Gobierno Regional de Lambayeque, y de consejero del Consejo Regional de Lambayeque
RESOLUCIÓN N° 445-2014-JNE
Expediente N° J-2014-00561
LAMBAYEQUE
Lima, nueve de junio de dos mil catorce.

VISTO el Oficio N.° 023-2014-GR.LAMB./SCR.

CD, presentado el 29 de mayo de por Miguel Bázan Zárate, consejero delegado, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a Humberto Acuña Peralta, presidente del Gobierno Regional de Lambayeque.

CONSIDERANDOS
1. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los presidentes regionales que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional es el 7 de junio de 2014.

2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26
de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014.

3. Con fecha 5 de junio de (049), el Consejero Delegado remite la solicitud de licencia de Humberto Acuña Peralta, Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque, que presentó el 5 de mayo de (fojas 51 y 52), siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Regional N° 014-2014-GR.LAMB./CR, de fecha 16 de mayo de (foja 004), por el periodo comprendido entre el 5 de junio y el 5 de octubre de 2014.

Asimismo, con los Acuerdos Regionales N° 019-2014-GR.LAMB./CR y N° 020-2014-GR.LAMB./CR (fojas 005 y 006), los miembros del Consejo Regional de Lambayeque acordaron encargar al vicepresidente Juan Pablo Horna Santa Cruz, las funciones de presidente regional mientras dure la licencia concedida al titular; igualmente, encargan la vicepresidencia del gobierno regional al consejero Oscar Zeña Santamaría, respectivamente.

4. En el presente caso se aprecia que el presidente regional presentó la solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo regional, cuyos miembros, a su vez, cumplieron con elegir a las autoridades que ocuparán, temporalmente, los cargos de presidente y vicepresidente, y en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, corresponde convocar a Juan Pablo Horna Santa Cruz, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 16481877, y Oscar Zeña Santamaría, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 17537299, para que asuman, por encargatura, las funciones de presidente y vicepresidente, del Gobierno Regional de Lambayeque, respectivamente, mientras esté vigente la licencia concedida a Humberto Acuña Peralta.

5. En aplicación supletoria del último párrafo del artículo 31 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, resulta procedente convocar a Julio César Hernández Ortiz, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 19208112, accesitario del consejero regional Oscar Zeña Santamaría, conforme al acta de proclamación de resultados emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010, para que asuma temporalmente el cargo de consejero regional.

Por tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Humberto Acuña Peralta, presidente del Gobierno Regional de Lambayeque, departamento de Lambayeque, mientras esté vigente la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Juan Pablo Horna Santa Cruz, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 16481877, para que asuma provisionalmente el cargo de presidente del Gobierno Regional de Lambayeque, departamento de Lambayeque, mientras esté vigente la licencia concedida a Humberto Acuña Peralta, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Artículo Tercero.- CONVOCAR a Oscar Zeña Santamaría, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 17537299, para que asuma provisionalmente el cargo de vicepresidente del Gobierno Regional de Lambayeque, departamento de Lambayeque, mientras esté vigente la licencia concedida a Humberto Acuña Peralta, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Artículo Cuarto.- CONVOCAR a Julio César Hernández Ortiz, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 19208112, para que asuma provisionalmente el cargo de consejero del Consejo Regional de Lambayeque, departamento de Lambayeque, mientras esté vigente la encargatura de Oscar Zeña Santamaría, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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