6/24/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 283-2014-DE Nombrar a personal técnico del Ejército del Perú a órdenes del

Nombrar a personal técnico del Ejército del Perú a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en misión diplomática RESOLUCIÓN SUPREMA N° 283-2014-DE Lima, 23 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el tercer párrafo del artículo 14° del Decreto Legislativo N° 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la
Nombrar a personal técnico del Ejército del Perú a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en misión diplomática
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 283-2014-DE
Lima, 23 de junio de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el tercer párrafo del artículo 14° del Decreto Legislativo N° 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución, hasta un año (01) antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 42° y 43° del mencionado Decreto Legislativo. Asimismo, tendrán los mismos derechos que el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidos en la norma que regule la materia;

Que, mediante Resolución Suprema N° 783-2013-DE/ del 24 de diciembre de 2013, se crearon las vacantes de los cargos a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior;

Que, mediante Acta del 18 de marzo de y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 8° del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Comisión presentó al Ministro de Defensa la relación de Técnicos propuestos para desempeñarse como Auxiliarles a las Agregadurías de Defensa y Militar, por un período máximo de dos (2) años, a partir del 01 de julio del 2014, como se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución;

Que, el artículo 9° del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al personal militar de las Fuerzas Armadas;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1144, el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008 y la Resolución Suprema N° 783-2013-DE/ de fecha 24 de diciembre de 2013.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente Personal Técnico del Ejército del Perú, a partir del 01 de julio de y por un período máximo de dos (2) años, en los cargos que se detallan:

CARGO
GRADO
NOMBRES Y APELLIDOS
Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina Técnico Jefe EP
Luis Máximo Alarcón Camones Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en Canadá Técnico Jefe Supervisor EP
Carlos Dalmiro Ayquipa Mendoza Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Corea Técnico Primero EP
Erwin Alfredo Montesinos Olaya Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos Técnico Jefe EP
Juan Emilio Moscoso Díaz Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/ SG de fecha 13 de diciembre de 2006 y al procedimiento de cálculo de la remuneración por servicio exterior, establecido por el Decreto Supremo N° 16-95-RE de fecha 16 de junio de 1995 y sus modificatorias.

Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (2)
años autorizados, salvo lo previsto en el artículo 5° de la presente Resolución.

Artículo 4°.- El citado Personal destacado al Ministerio de Relaciones Exteriores pasará revista en el Comando de Personal del Ejército, por el período que dure la Misión Diplomática.

Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa

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