Inicio
Defensa
Organos Autonomos
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 283-2014-DE Nombrar a personal técnico del Ejército del Perú a órdenes del
6/24/2014
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 283-2014-DE Nombrar a personal técnico del Ejército del Perú a órdenes del
Nombrar a personal técnico del Ejército del Perú a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en misión diplomática RESOLUCIÓN SUPREMA N° 283-2014-DE Lima, 23 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el tercer párrafo del artículo 14° del Decreto Legislativo N° 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 283-2014-DE
Lima, 23 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, el tercer párrafo del artículo 14° del Decreto Legislativo N° 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución, hasta un año (01) antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 42° y 43° del mencionado Decreto Legislativo. Asimismo, tendrán los mismos derechos que el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidos en la norma que regule la materia;
Que, mediante Resolución Suprema N° 783-2013-DE/ del 24 de diciembre de 2013, se crearon las vacantes de los cargos a desempeñar por Personal Técnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurías de Defensa a las Misiones Diplomáticas del Perú en el exterior;
Que, mediante Acta del 18 de marzo de y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 8° del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Comisión presentó al Ministro de Defensa la relación de Técnicos propuestos para desempeñarse como Auxiliarles a las Agregadurías de Defensa y Militar, por un período máximo de dos (2) años, a partir del 01 de julio del 2014, como se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución;
Que, el artículo 9° del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al personal militar de las Fuerzas Armadas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1144, el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008 y la Resolución Suprema N° 783-2013-DE/ de fecha 24 de diciembre de 2013.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al siguiente Personal Técnico del Ejército del Perú, a partir del 01 de julio de y por un período máximo de dos (2) años, en los cargos que se detallan:
CARGO
GRADO
NOMBRES Y APELLIDOS
Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina Técnico Jefe EP
Luis Máximo Alarcón Camones Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en Canadá Técnico Jefe Supervisor EP
Carlos Dalmiro Ayquipa Mendoza Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Corea Técnico Primero EP
Erwin Alfredo Montesinos Olaya Auxiliar a la Agregaduría de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos Técnico Jefe EP
Juan Emilio Moscoso Díaz Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/ SG de fecha 13 de diciembre de 2006 y al procedimiento de cálculo de la remuneración por servicio exterior, establecido por el Decreto Supremo N° 16-95-RE de fecha 16 de junio de 1995 y sus modificatorias.
Artículo 3°.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (2)
años autorizados, salvo lo previsto en el artículo 5° de la presente Resolución.
Artículo 4°.- El citado Personal destacado al Ministerio de Relaciones Exteriores pasará revista en el Comando de Personal del Ejército, por el período que dure la Misión Diplomática.
Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.
Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)