7/08/2014

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 327-2013-PCNM Sancionan con destitución a

Sancionan con destitución a magistrado por su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura (Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Oficio N° 422-2014-OAF-CNM, recibido el 2 de julio de 2014) RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 327-2013-PCNM P.D. N° 001-2012-CNM San Isidro, 23 de mayo de 2013 VISTO; El proceso disciplinario N° 001-2012-CNM, seguido contra el doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes,
Sancionan con destitución a magistrado por su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura (Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Consejo Nacional de la Magistratura, mediante Oficio N° 422-2014-OAF-CNM, recibido el 2 de julio de 2014)
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 327-2013-PCNM
P.D. N° 001-2012-CNM
San Isidro, 23 de mayo de 2013
VISTO;

El proceso disciplinario N° 001-2012-CNM, seguido contra el doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, por su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura, y el pedido de destitución formulado por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y,
CONSIDERANDO:

Antecedentes:

1. Que, por Oficio N° 9233-2011-SG-CS-PJ, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia remitió el Oficio N° 227-2010-UD-OCMA, la Resolución N° Veinte del 07
de octubre de 2011 y demás actuados en la Investigación N° 0227-2010-PIURA, a cargo de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, formalizando el pedido de destitución del doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, por su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura;

Cargo del proceso disciplinario:

2. Que, se imputa al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes el haber sido objeto de una sentencia condenatoria por el delito de Prevaricato, la misma que se encuentra firme, habiendo alcanzado la condición de cosa juzgada, lo que es causal de destitución conforme a lo previsto por el artículo 55 de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial;

Procedimiento para el descargo del juez procesado:

3. Que, de conformidad con lo regulado en el artículo III de las Disposiciones Generales del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, se notificó al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes para que informara ante el Pleno del Consejo por el término de 10 minutos, cursándosele asimismo una copia de la Resolución N° Veinte del 07 de octubre de 2011, a través de la cual el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial propuso su destitución; diligencia que se llevó a cabo el 27 de setiembre de 2012;

Análisis del cargo:

4. Que, de la revisión y análisis de los actuados se aprecia con respecto al cargo atribuido al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, que en el proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Prevaricato en agravio del Estado, signado con el N° 00345-2009, mediante sentencia del 1° de diciembre de 2009, de fojas 88 a 95, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura le absolvió de la acusación fiscal;

5. Que, asimismo, se advierte que la citada sentencia fue revocada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, por resolución del 11 de junio de 2010, de fojas 03 a 19, en mérito al recurso de apelación que interpuso el Fiscal Superior de la Segunda Fiscalía Penal de Liquidación de Piura; además, la referida resolución suprema, reformando la sentencia apelada, condenó al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes como autor del delito imputado, le impuso tres años de pena privativa de la libertad suspendida por el plazo de dos años bajo reglas de conducta, inhabilitación para ejercer función pública por el término de tres años y otra pena accesoria;

En el trámite del proceso penal en cuestión mediante resolución del 24 de agosto de 2010, de fojas 159, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Piura dispuso que se cumpliera con lo ejecutoriado en el modo y forma de ley;

6. Que, también fiuye de lo actuado en el proceso penal a que se hace referencia en el considerando precedente, que éste se generó a causa que el magistrado procesado, en su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura, tramitó el proceso judicial sobre impugnación de resolución administrativa signado con el N° 2005-2951, en la vía contenciosa administrativa, promovido por Héctor Hernán León Fernández contra el Ministerio del Interior, el Director General de la Policía Nacional y otro, y expidió sentencia el 30 de marzo de 2006, que corre de fojas 174 y 175 vuelta, con la cual declaró nula y sin efecto legal la Resolución Suprema N° 226-2005-IN/PNP del 19 de abril de 2005 y una resolución ficta producida por silencio administrativo;

Asimismo, ordenó al Ministerio del Interior que expidiera una nueva resolución otorgando el ascenso al capitán de la Policía Nacional Hernán León Fernández en el grado de Mayor, Comandante y Coronel de la Policía Nacional del Perú, con todos sus derechos, goces, beneficios y preeminencias inherentes al grado;

7. Que, en tal sentido, se encuentra determinado plenamente que el doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, por sentencia judicial que se encuentra firme y adquirió la calidad de cosa juzgada, ha sido condenado como autor del delito de Prevaricato;

8. Que, el artículo 55 de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial prescribe: "La destitución consiste en la cancelación del título de juez debido a falta disciplinaria muy grave o, en su caso, por sentencia condenatoria o reserva del fallo condenatorio por la comisión de un delito doloso. (…)";

La disposición invocada es concordante con el artículo III del Título Preliminar del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución N° 140-2010-CNM, que establece: "La sanción de destitución, es aplicada por el Pleno del Consejo, previo procedimiento disciplinario. Procede la destitución o remoción sin previo procedimiento disciplinario, con citación del afectado, cuando el Juez, Fiscal, Jefe de la ONPE o Jefe del RENIEC haya sido condenado o se encuentre con reserva de fallo condenatorio por la comisión de delito doloso, con sentencia firme";

9. Que, el Consejo Nacional de la Magistratura ha establecido en la Resolución N° 452-2012-PCNM, de fecha 03 de julio de 2012, recaída en el Proceso Disciplinario N° 024-2011-CNM, lo siguiente:
"(…) Décimo Primero.- Que, sin perjuicio que, en el presente caso, los hechos que ameritan la sanción de destitución se constituyen en una causa objetiva, cuya comprobación se encuentra acreditada en autos, es pertinente señalar que la comisión de delito doloso por parte de un magistrado en ejercicio constituye una fiagrante violación de los principios que inspiran la actuación jurisdiccional, toda vez que entre las virtudes que deben poseer los jueces están la lealtad, la verdad, y la probidad; que la lealtad en un juez consiste en actuar y cumplir sus funciones con honradez, actuar de acuerdo al principio de legalidad y a la verdad; asimismo, un magistrado debe actuar siempre con probidad, pudiendo entenderse ésta como la honestidad y rectitud en su vida, en suma, tener una conducta intachable; valores que, en el caso de autos, han sido trastocados por el Magistrado procesado (…)";

Conclusión:

10. Que, en consecuencia, ha quedado acreditado y probado que el doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, en su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura ha incurrido en la causal de destitución prevista y sancionada por los artículos 55
de la Ley N° 29277 y 31 numeral 1 de la Ley N° 26397, concordantes con el artículo III del Título Preliminar del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura; motivo por el cual, corresponde a este Consejo imponerle la sanción de destitución;

Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, en uso de las facultades previstas por los artículos 154 inciso 3 de la Constitución Política, 31 numeral 1 de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura y 36 de la Resolución N° 140-2010-CNM, Reglamento de Procedimientos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura, y estando a lo acordado en la sesión plenaria del 28 de febrero de 2013, sin la presencia del señor Consejero Ingeniero Gonzalo García Núñez;

SE RESUELVE:

1.- Dar por concluido el presente proceso disciplinario y aceptar el pedido de destitución formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y, en consecuencia, imponer la sanción de destitución al doctor Telésforo Valentín Cotos Chuyes, por su actuación como Juez del Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura.

2.- Disponer la inscripción de la medida a que se contrae el artículo 1° de la presente resolución en el registro personal del magistrado destituido, debiéndose asimismo cursar oficio al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y al señor Fiscal de la Nación, y publicarse la presente resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada.

3.- Disponer la inscripción de la destitución en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, una vez que la misma quede consentida o ejecutoriada.

Regístrese y comuníquese.

MAXIMO HERRERA BONILLA
LUZ MARINA GUZMAN DIAZ
LUIS MAEZONO YAMASHITA
GASTON SOTO VALLENAS
VLADIMIR PAZ DE LA BARRA
PABLO TALAVERA ELGUERA

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