7/16/2014

RESOLUCIÓN N° 425-2014/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN N° 425-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 04 de julio de 2014 Visto el Expediente N° 203-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 73,958.97 m² ubicado en la Zona Oeste de la jurisdicción del distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las

RESOLUCIÓN N° 425-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 04 de julio de 2014
Visto el Expediente N° 203-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 73,958.97
m² ubicado en la Zona Oeste de la jurisdicción del distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 73,958.97 m² ubicado en la Zona Oeste de la jurisdicción del distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 31 de enero de 2014, se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza de topografía variada conformada por zonas planas y laderas de cerros y presenta un suelo arenoso;

Que, solicitada la consulta catastral a la Zona Registral N° XI – Sede Ica, con Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 10 de febrero de sobre la base del Informe Técnico N° 0106-2014-Z.R.N°XI/OC-NASCA de fecha 29 de enero de la Oficina de Catastro de la Zona Registral N° XI - Sede Ica, señala que, sobre el área en consulta no es posible determinar si existe predio inscrito o no en la zona de estudio, puesto que no es posible definir superposición sobre elementos inexistentes debido a que no se tiene información grafica del área materia de estudio;

Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 73,958.97 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de la primera inscripción de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N°0391 -2014/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 16 de junio de 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 73,958.97 m² ubicado en la Zona Oeste de la jurisdicción del distrito de Marcona, provincia de Nasca, departamento de Ica; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Nasca.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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