7/02/2014

RESOLUCIÓN N° 538-2014-JNE Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caylloma, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 538-2014-JNE Expediente N° J-2014-00684 CAYLLOMA - AREQUIPA Lima, veintiséis de junio de dos mil catorce VISTO el Oficio N.° 126-2014-MPC-CH., presentado el 19 de junio de por Rodolfo Sabino Sarayasi Samayani, alcalde de la Municipalidad Provincial de Caylloma, departamento de Arequipa, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor Julio César Vicente Salas. CONSIDERANDOS 1.
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caylloma, departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN N° 538-2014-JNE
Expediente N° J-2014-00684
CAYLLOMA - AREQUIPA
Lima, veintiséis de junio de dos mil catorce VISTO el Oficio N.° 126-2014-MPC-CH., presentado el 19 de junio de por Rodolfo Sabino Sarayasi Samayani, alcalde de la Municipalidad Provincial de Caylloma, departamento de Arequipa, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor Julio César Vicente Salas.

CONSIDERANDOS
1. El literal c del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N.°
27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N.° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, entendiéndose que el plazo límite para presentar la solicitud de licencia para el proceso electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014.

2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N.° 0140-2014-JNE, de fecha 26
de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014.

3. Conforme lo establece el numeral 27, del artículo 9 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), el concejo municipal no podrá conceder licencias simultáneamente a un número mayor del 40% de los regidores, con la finalidad de asegurar el normal funcionamiento edil.

4. Con fecha 5 de junio de (fojas 003), Julio César Vicente Salas, regidor del Concejo Provincial de Caylloma, presentó su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo N.° 058-2014-MPC-Chivay, de fecha 13 de junio de 2014 (fojas 005 a 009), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014.

5. Teniendo en consideración que Julio César Vicente Salas, regidor del Concejo Provincial de Caylloma, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N.°
0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la LOM, corresponde convocar a Napoleón Félix Florez Becerra, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 24946900, candidato no proclamado de la alianza electoral Alianza por Arequipa, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Caylloma, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Julio César Vicente Salas, regidor del Concejo Provincial de Caylloma, departamento de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Napoleón Félix Florez Becerra, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 24946900, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Caylloma, departamento de Arequipa, mientras dure la licencia concedida a Julio César Vicente Salas, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VELEZ
Samaniego Monzón/ Secretario General

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