8/07/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2014-EF/52 Aprueban Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos

Aprueban Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas y las empresas SEDACHIMBOTE S.A. y EPS TACNA S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2014-EF/52 Lima, 5 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 073-2013-EF se aceptó el Aporte Financiero No Reembolsable a ser otorgado por el Kreditanstalt für Wiederaufbau – KfW, hasta por EUR 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 EUROS), para financiar parcialmente el "Programa de Reducción de Pérdida
Aprueban Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas y las empresas SEDACHIMBOTE S.A. y EPS TACNA S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2014-EF/52
Lima, 5 de agosto de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema N° 073-2013-EF se aceptó el Aporte Financiero No Reembolsable a ser otorgado por el Kreditanstalt für Wiederaufbau – KfW, hasta por EUR 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100
EUROS), para financiar parcialmente el "Programa de Reducción de Pérdida de Agua", cuya ejecución está a cargo de las empresas Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A. y Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento T acna Sociedad Anónima - EPS
TACNA S.A., correspondiéndole al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el seguimiento y monitoreo del citado Programa;

Que, el artículo 3 de la acotada Resolución Suprema dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasa a las empresas Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A. y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anónima - EPS TACNA S.A., los recursos provenientes del citado Aporte Financiero No Reembolsable, mediante Convenios de Traspaso de Recursos, en los cuales se fijan las condiciones del aludido traspaso; precisándose que dichos Convenios serán aprobados por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas;

Que, con fecha 23 de diciembre de 2013, la República del Perú con el KfW suscribieron el Contrato de Aporte Financiero No Reembolsable;

Que, en el marco del referido Contrato de Aporte Financiero No Reembolsable, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y el KfW celebraron con cada una de las empresas antes mencionadas, Acuerdos Separados conforme a los cuales con cargo al citado Aporte Financiero No Reembolsable corresponde a las empresas Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE
S.A la suma de hasta EUR 6 802 013,00 (SEIS MILLONES
OCHOCIENTOS DOS MIL TRECE Y 00/100 EUROS); y a la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anónima - EPS TACNA S.A. la suma de hasta
EUR 3 197 987,00 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA
Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y
00/100 EUROS);

Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado del Santa, Casma y Huarmey Sociedad Anónima - SEDACHIMBOTE S.A., mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de la suma de hasta EUR 6 802 013,00 (SEIS MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL TRECE Y
00/100 EUROS), proveniente del Aporte Financiero No Reembolsable aceptado por la Resolución Suprema N° 073-2013-EF.

Artículo 2.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna Sociedad Anónima - EPS TACNA S.A., mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traspaso de la suma de hasta EUR 3 197 987,00 (TRES MILLONES CIENTO
NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA
Y SIETE Y 00/100 EUROS), proveniente del Aporte Financiero No Reembolsable aceptado por la Resolución Suprema N° 073-2013-EF.

Artículo 3.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, los Convenios de Traspaso de Recursos que se aprueban en los artículos precedentes, así como toda la documentación necesaria para su implementación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas

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