8/29/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 651-2014/MINSA Rectifican la R.M. N° 589-2014/MINSA en el extremo

Rectifican la R.M. N° 589-2014/MINSA en el extremo referido a la asignación del Código del Programa Presupuestal Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 651-2014/MINSA Lima, 26 de agosto del 2014 Visto, el expediente N° 14-075151-002, que contiene el informe N° 186-2014-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 589-2014/ MINSA
Rectifican la R.M. N° 589-2014/MINSA en el extremo referido a la asignación del Código del Programa Presupuestal Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 651-2014/MINSA
Lima, 26 de agosto del 2014
Visto, el expediente N° 14-075151-002, que contiene el informe N° 186-2014-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 589-2014/ MINSA de fecha 31 de julio de 2014, se designó a los Responsables Técnicos de los Programas Presupuestales del Ministerio de Salud, en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014;

Que, mediante documento de visto, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, indica que se ha incurrido en un error material en en el artículo 1° de la citada Resolución Ministerial, en el extremo referido a la asignación del código 0064 al Programa Presupuestal Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad, cuando conforme el Sistema Informático de Administración Financiera (SIAF), correspondía consignar el código 0092;

Que, el numeral 201.1 del Artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;

Que, el numeral 201.2 del citado Artículo 201° de la mencionada Ley N° 27444, dispone que la rectificación debe adoptar las formas y modalidades de comunicación o publicación que correspondan al acto original;

Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General;

De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en el numeral 8) del Artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Rectificar el error material incurrido en el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 589-2014/ MINSA, en el extremo referido a la asignación del Código del Programa Presupuestal Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Dice:
"Artículo 1°.- Designación (...)
CÓDIGO PROGRAMAS PRESUPUESTALES RESPONSABLE TÉCNICOS
... ... ...
0064 Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad Director General de Salud de las Personas ... ... ...
"
Debe decir:
"Artículo 1°.- Designación (...)
CÓDIGO PROGRAMAS PRESUPUESTALES RESPONSABLE TÉCNICOS
... ... ...
0092
Inclusión Social Integral de las Personas con Discapacidad Director General de Salud de las Personas ... ... ...
"
Artículo 2°.- Dejar subsistente los demás aspectos contenidos en la Resolución Ministerial N° 589-2014/
MINSA.

Artículo 3°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.
pe/transparencia/dge_normas.asp.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud

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