8/18/2014

RESOLUCIÓN N° 1019-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Distrital de La Perla, Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN N° 1019-2014-JNE Expediente N° J-2014-00754 LA PERLA - CALLAO - CALLAO Lima, treintiuno de julio de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 030-2014-GSG/MDLP, presentado el 8 de julio de por Helí Marrufo Fernández, gerente de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de La Perla, Provincia Constitucional de Callao comunicando la licencia, sin goce de haber, que fue concedida a
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Distrital de La Perla, Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCIÓN N° 1019-2014-JNE
Expediente N° J-2014-00754
LA PERLA - CALLAO - CALLAO
Lima, treintiuno de julio de dos mil catorce VISTO el Oficio N° 030-2014-GSG/MDLP, presentado el 8 de julio de por Helí Marrufo Fernández, gerente de la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de La Perla, Provincia Constitucional de Callao comunicando la licencia, sin goce de haber, que fue concedida a la regidora Juana Elizabeth Díaz Sánchez.

CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días antes de la fecha de elecciones.

2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los regidores municipales, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando.

3. Con fecha 9 de junio de (fojas 003), Juana Elizabeth Díaz Sánchez, regidora del Concejo Distrital de La Perla, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo N° 020-2014-MDLP, de fecha 23 de junio de (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 4 de octubre de 2014.

4. En el presente caso se aprecia que la regidora Juana Elizabeth Díaz Sánchez, presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el consejo distrital, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Luis Ramón Cornejo Durand, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 25659273, candidato no proclamado del movimiento regional Movimiento Independiente Mi Callao, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Callao, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Juana Elizabeth Díaz Sánchez, regidora del Concejo Distrital de La Perla, Provincia Constitucional de Callo, mientras esté vigente la licencia concedida.

Artículo Segundo.- CONVOCAR a Luis Ramón Cornejo Durand, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 25659273, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de La Perla, Provincia Constitucional de Callo, mientras esté vigente la licencia concedida a Juana Elizabeth Díaz Sánchez, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General

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