9/23/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 442-2014-MINEDU Otorgan Premio Nacional de la Juventud "Y enuri Chiguala

Otorgan Premio Nacional de la Juventud "Y enuri Chiguala Cruz" correspondiente al año 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 442-2014-MINEDU Lima, 22 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27725, modificada por la Ley N° 28829, se creó el Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" el cual se otorga anualmente a los jóvenes u organizaciones juveniles para estimular y reconocer la obra y el esfuerzo que hayan realizado en la promoción y tutela de la cultura, valores e identidad nacional; Que,
Otorgan Premio Nacional de la Juventud "Y enuri Chiguala Cruz" correspondiente al año 2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 442-2014-MINEDU
Lima, 22 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 27725, modificada por la Ley N° 28829, se creó el Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" el cual se otorga anualmente a los jóvenes u organizaciones juveniles para estimular y reconocer la obra y el esfuerzo que hayan realizado en la promoción y tutela de la cultura, valores e identidad nacional;

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, precisa que el mencionado premio se refiere al otorgamiento de subvenciones en favor de personas naturales;

Que, mediante la Matriz de Concurso para el Año Escolar 2014, contenida en el Anexo 7 de la Resolución Ministerial N° 0622-2013-ED, que aprueba la Norma Técnica denominada "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar en la Educación Básica", el Ministerio de Educación establece los concursos que deberán realizarse en las Instituciones Educativas, entre los cuales se encuentra el Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz";

Que, el artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27725, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2002-ED, en adelante el Reglamento, señala que el citado Premio Nacional, de conformidad con lo dispuesto por la Ley, comprenderá las áreas de Letras, Artes, Deportes, Ciencia y Tecnología, Historia, Acciones Solidarias y Altruistas, Ambiente y Comunicación Social, siendo otorgado cada año sólo a dos áreas, en forma rotatoria.

Asimismo, el artículo 11 del Reglamento establece que el premio se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector Educación, en acatamiento estricto de la decisión de la Comisión Calificadora;

Que, mediante Acta de Instalación de fecha 14 de mayo de 2014, la Comisión Calificadora del referido Premio Nacional, designada mediante Resolución Ministerial N° 175-2014-MINEDU modificada por Resolución Ministerial N° 405-2014-MINEDU, acordó, entre otros, seleccionar como áreas a las que se premiará en el presente año a las de : 1) Comunicación Social y 2) Acciones Solidarias y Altruista;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 8.2 del numeral 8 de las Bases del Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" - 2014, aprobadas por la Comisión Calificadora en Sesión Extraordinaria de fecha 01 de julio de 2014, para el otorgamiento de premios a menores de edad, debe tenerse en cuenta lo establecido en los artículos 418, 419 y 502 del Código Civil, respecto al ejercicio de la patria potestad y tutela;

Que, con Memorandum N° 5801-2014-MINEDU/ SPE-UP la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica remite la certificación de crédito presupuestario Nota N° 0000003716 por medio de la cual certifica la existencia de recursos para el otorgamiento de subvenciones a favor de los ganadores del Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz";

Que, asimismo la Comisión Calificadora, mediante Acta de Sesión de fecha 29 de agosto de 2014, luego de la evaluación de los expedientes, cumplió con designar a los ganadores del Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz", de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 5 del Reglamento;

De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
en la Ley N° 27725 modificada por la Ley N° 28829, que crea el Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
N° 025-2002-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar el Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" correspondiente al año 2014, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 27725, aprobado mediante Decreto Supremo N° 025-2002-ED, de acuerdo al siguiente detalle:
fiComunicación Social Primer Puesto: Equipo de producción Promoviendo la cultura viva de la comunidad indígena de Cañaris.

Integrantes:

WALTER MARTIN LOPEZ ZONO
BRYAN JESUS AGUIRRE ESTELA
HIDEKI ROBERTO NAKAZAKI YESQUEN
CYNTHIA JANETH GUEVARA JIMENEZ
CRISTHIAN ALBERTO FERNANDEZ ROJAS
Mención Honrosa : Desierto Mención Honrosa : Desierto fiAcciones Solidarias y Altruistas Primer Puesto: Desierto Mención Honrosa: Animación y promoción de la lectura en bibliotecas municipales:

RUHUAN LARRY HUARCA LLAMOCA
Mención Honrosa: Promoción de la mejora en la calidad de vida de los adolescentes y mujeres rurales.

ROSA MADELEINE LOPEZ DIAZ
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.
minedu.gob.pe/).

Regístrese y comuníquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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