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RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 013-2014-COFOPRI/SG Suspenden la aplicación de la Directiva N°
10/29/2014
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 013-2014-COFOPRI/SG Suspenden la aplicación de la Directiva N°
Suspenden la aplicación de la Directiva N° 002-2014-COFOPRI denominada "Lineamientos para el levantamiento del catastro con fines de formalización" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 013-2014-COFOPRI/SG Lima, 24 de octubre de 2014 VISTO: El Informe N° 001-2014-COFOPRI/DC-DFIND, Informe N° 027-2014-COFOPRI/DND y Memorándum N° 328-2014-COFOPRI/DND de fechas 14, 21 y 24 de octubre de 2014; respectivamente, emitido conjuntamente el primero por la Dirección de Catastro y la Dirección de Formalización Individual y los dos
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 013-2014-COFOPRI/SG
Lima, 24 de octubre de 2014
VISTO:
El Informe N° 001-2014-COFOPRI/DC-DFIND, Informe N° 027-2014-COFOPRI/DND y Memorándum N° 328-2014-COFOPRI/DND de fechas 14, 21 y 24 de octubre de 2014; respectivamente, emitido conjuntamente el primero por la Dirección de Catastro y la Dirección de Formalización Individual y los dos últimos por la Dirección de Normalización y Desarrollo de COFOPRI y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por Ley N° 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria de la Ley N° 28923, Ley que establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Urbanos;
Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI como instrumento de gestión institucional que organiza la estructura orgánica de la Entidad, conteniendo las funciones generales y especí cas y las de sus Órganos y Unidades Orgánicas, así como sus relaciones y responsabilidades;
Que, de conformidad, con el artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la norma citada precedentemente, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI;
Que, asimismo, el literal c) del artículo 10° del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece como una de las funciones del Director Ejecutivo, la de aprobar directivas que sean necesarias para mejorar la calidad de los servicios públicos que brinda la Entidad, facultad que ha sido delegada a la Secretaría General mediante Resolución Directoral N° 055-2007-COFOPRI/ DE de fecha 23 de agosto de 2007;
Que, además el literal h) del artículo 7° de la mencionada norma reglamentaria autoriza a COFOPRI a establecer las normas y especi caciones técnicas del catastro predial para la formalización, según la normatividad vigente;
Que, mediante Resolución N° 006-2014-COFOPRI/ SG del 20 de mayo del año en curso, se aprobó la Directiva N° 002-2014-COFOPRI denominada "Lineamientos para el levantamiento del catastro con nes de formalización";
Que, mediante Informe N° 027-2014-COFOPRI/DND, la Dirección de Normalización y Desarrollo se pronuncia respecto a la factibilidad de la modi cación planteada por la Dirección de Catastro y de Formalización Individual mediante Informe N° 001-2014-COFOPRI/DC-DFIND; así como sugiere la modi cación del ítem 9.5 de la Directiva 002-2014-COFOPRI a n que mantenga una redacción concordante con las normas del SNCP. De la misma forma, con Informe N° 002-2014-COFOPRI/DC-DFIND, los Órganos de Línea involucrados han precisado la necesidad de modi car otros ítems de la Directiva en mención.
Que, mediante Memorándum N° 328-2014-COFOPRI/ DND, la Dirección de Normalización y Desarrollo señala que, en reunión con las Direcciones anotadas éstas han advertido que las modi caciones de la "Directiva de Levantamiento Catastral con nes de Formalización"
requieren un plazo prudencial de revisión por lo que resulta necesario plantear una medida que evite seguirla ejecutando a n de no incidir en sus efectos, siendo que los órganos de línea involucrados proponen la suspensión temporal de la aplicación de la Directiva N° 002-2014-COFOPRI.
Con el visado de la O cina de Asesoría Jurídica, de las Direcciones de Catastro, de Formalización Integral, de Formalización Individual, de Normalización y Desarrollo, y la O cina de Coordinación Descentralizada;
De conformidad con los Decretos Supremos N° 025-2007-VIVIENDA y la Resolución Directoral N° 055-2007-COFOPRI/DE;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Suspender la aplicación de la Directiva N° 002-2014-COFOPRI aprobada por Resolución de Secretaria General N° 006-2014-COFOPRI/SG de fecha 20 de mayo de 2014, hasta la emisión de la norma que la modi que o la reemplace.
Las acciones ejecutadas en merito a dicha Directiva mantendrán su validez hasta la emisión de norma posterior, a la cual se adecuaran.
Artículo Segundo.- Publicar el texto de la presente Resolución en el Diario O cial El Peruano, en el Portal Institucional (www.cofopri.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Artículo Tercero.- Noti car la presente Resolución a los órganos estructurados del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MEZA DUCEK
Secretario General
COFOPRI
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