Inicio
Organismos Ejecutores
Seguro Integral de Salud
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 225-2014/SIS Modifican Anexos de la R.J. N° 130-2014/SIS en lo referente a
10/28/2014
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 225-2014/SIS Modifican Anexos de la R.J. N° 130-2014/SIS en lo referente a
Modifican Anexos de la R.J. N° 130-2014/SIS en lo referente a transferencias a diversos hospitales RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 225-2014/SIS Lima, 24 de octubre de 2014 VISTOS: El Oficio N° 0927-2014-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; el Oficio N° 449-2014-SIS-FISSAL/J e Informe N° 038-2014-SIS-FISSAL/ ADM, emitidos por el Fondo Intangible Solidario de Salud y el Informe N° 049-2014-SIS/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 225-2014/SIS
Lima, 24 de octubre de 2014
VISTOS: El Oficio N° 0927-2014-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; el Oficio N° 449-2014-SIS-FISSAL/J e Informe N° 038-2014-SIS-FISSAL/ ADM, emitidos por el Fondo Intangible Solidario de Salud y el Informe N° 049-2014-SIS/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77° y 78° de la Constitución Política del Perú;
Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone que la autorización de las transferencias financieras durante el Año Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, se aprueben por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, mediante Resolución Jefatural N° 130-2014/ SIS, publicada el 7 de junio de 2014, en el Diario Oficial "El Peruano", se aprobó la Transferencia de la Unidad Ejecutora 002-1423 FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO
DE SALUD - FISSAL para las Unidades Ejecutoras por la suma de DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA
Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 16’634,733.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a los pagos retrospectivo, prospectivo y prestaciones adicionales según convenio, conforme se detalla en los Anexos 01, 02 y 03 que forman parte integrante de dicha Resolución Jefatural;
Que, conforme al Anexo 01 de la Resolución Jefatural N° 130-2014-SIS se transfirió a los Hospitales: Sergio Bernales, Cayetano Heredia, Nacional Arzobispo Loayza y Nacional Dos de Mayo, la Producción de los meses de diciembre 2013, enero y febrero 2014, por recursos ordinarios, de acuerdo al detalle siguiente:
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
REGION
COD.
DNTP
NOMBRE
Unidad Ejecutora 0024
PREVENCION
Y CONTROL
DEL CÁNCER
9002
ASIGNACIONES (SIN
PROGRAMA)
TOTAL
LIMA
136
HOSPITAL
SERGIO
BERNALES
S/.6,539.00 S/.1,222.00 S/.7,761.00
137
HOSPITAL
CAYETANO
HEREDIA
S/.0.00 S/.35,197.00 S/.35,197.00
143
HOSPITAL
NACIONAL
ARZOBISPO
LOAYZA
S/.63,804.00 S/.52,774.00 S/.116,578.00
144
HOSPITAL
NACIONAL
DOS DE
MAYO
S/.40,391.00 S/.48,928.00 S/.89,319.00
Que, conforme al Anexo 02 de la Resolución Jefatural N° 130-2014-SIS se transfirió a los Hospitales: Cayetano Heredia y Nacional Dos de Mayo, el pago prospectivo I, correspondiente al mes de mayo de 2014, por recursos ordinarios, de acuerdo al detalle siguiente:
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
REGION
COD.
DNTP
NOMBRE
Unidad Ejecutora 0024
PREVENCION
Y CONTROL
DEL CÁNCER
9002
ASIGNACIONES (SIN PROGRAMA)
TOTAL
LIMA
137
HOSPITAL
CAYETANO
HEREDIA
S/.
1,068,987.00
S/.4,465,652.00 S/.5,534,639.00
144
HOSPITAL
NACIONAL
DOS DE
MAYO
S/. 57,108.00 S/.281,298.00 S/.338,406.00
Que, conforme al Anexo 03 de la Resolución Jefatural N° 130-2014-SIS se transfirió al Hospital Nacional Dos de Mayo el pago prospectivo II, correspondiente al mes de mayo de y prestaciones adicionales según Convenio, por recursos ordinarios, de acuerdo al detalle siguiente:
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
REGION
COD.
DNTP
NOMBRE
Unidad Ejecutora 0024
PREVENCION
Y CONTROL
DEL CÁNCER
9002
ASIGNACIONES (SIN
PROGRAMA)
TOTAL
LIMA 144
HOSPITAL
NACIONAL
DOS DE
MAYO
S/.164,931.00 S/.164,697.00 S/.329,628.00
Que, conforme al Oficio N° 0927-2014-OGPP-OP/MINSA, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud se dirige al Seguro Integral de Salud informando que "en el marco del proceso de transferencia dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1167 que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud – IGSS, el Ministerio de Salud gestionó ante el Ministerio de Economía y Finanzas la transferencia de recursos que financian las actividades y operaciones de los Hospitales Sergio Bernales, Cayetano Heredia, Arzobispo Loayza y Dos de Mayo, (…) siendo que mediante Decreto Supremo N° 137-2014-EF, de fecha 10 de junio de 2014, se autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del Pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del Pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud destinada a financiar las funciones transferidas por el Ministerio de Salud, que corresponden a los hospitales del tercer nivel antes mencionados";
Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, prosigue indicando que: "En ese contexto, considerando que la Resolución Jefatural N° 130-2014/SIS, se emitió en pleno proceso de transferencia de funciones al Instituto de Gestión de Servicios de Salud de los referidos hospitales, el Ministerio de Salud no consideró la incorporación de dichos recursos en el marco presupuestal, razón por la cual consideramos necesario se disponga la modificación de la Resolución Jefatural N° 130-2014/SIS, a efecto de asignarse al Pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud – IGSS, los recursos que corresponden a las referidas Unidades Ejecutoras";
Que, el artículo 45° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2014-SA, establece que los Órganos Desconcentrados del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, son las dependencias que ejercen competencias por delegación de la entidad y son: Hospitales, Institutos Especializados, Direcciones de Red de Salud y Establecimientos de Salud Pública de Lima Metropolitana;
Que, de acuerdo al Informe N° 038-2014-SIS-FISSAL/ ADM, el Administrador del Fondo Intangible Solidario de Salud, considera que lo solicitado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, mediante el documento de vistos, resulta conveniente, considerando que la transferencia dispuesta por Resolución Jefatural N° 130-2014/SIS se emitió a favor del Pliego Ministerio de Salud para los hospitales: Sergio Bernales, Cayetano Heredia, Nacional Arzobispo Loayza y Nacional Dos de Mayo, cuando a dicha fecha se estaban haciendo los trámites de incorporación a su nuevo Pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud;
Que, en el marco de los principios de publicidad y transferencia del proceso de ejecución presupuestaria, se propone la modificación de los Anexos 01, 02 y 03 de la Resolución Jefatural N° 130-2014/SIS, a efecto que la transferencia efectuada a los hospitales: Sergio Bernales, Cayetano Heredia, Nacional Arzobispo Loayza y Nacional Dos de Mayo, considerados dentro de la Resolución Jefatural N° 130-2014/SIS, como parte del Pliego Ministerio de Salud, se consideren como parte del Pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud – IGSS;
Con el visto bueno de la Secretaría General, del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL, del Responsable de la Administración del FISSAL y con la opinión favorable del Responsable de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Anexo 01 de la Resolución Jefatural N° 130-2014/SIS, publicada el 7 de junio de 2014, en el Diario Oficial "El Peruano", en el extremo de la transferencia a los Hospitales Sergio Bernales, Cayetano Heredia, Nacional Arzobispo Loayza y Nacional Dos de Mayo, a favor del Pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud – IGSS, conforme al texto siguiente:
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
REGION
COD.
DNTP
NOMBRE
Unidad Ejecutora 0024
PREVENCION
Y CONTROL
DEL CÁNCER
9002
ASIGNACIONES (SIN
PROGRAMA)
TOTAL
LIMA
1554
HOSPITAL
SERGIO
BERNALES (PLIEGO IGSS)
S/.6,539.00 S/.1,222.00 S/.7,761.00
1553
HOSPITAL
CAYETANO
HEREDIA (PLIEGO IGSS)
S/.0.00 S/.35,197.00 S/.35,197.00
1551
HOSPITAL
NACIONAL
ARZOBISPO
LOAYZA (PLIEGO IGSS)
S/.63,804.00 S/.52,774.00 S/.116,578.00
1552
HOSPITAL
NACIONAL
DOS DE MAYO (PLIEGO IGSS)
S/.40,391.00 S/.48,928.00 S/.89,319.00
Artículo 2.- Modificar el Anexo 02 de la Resolución Jefatural N° 130-2014/SIS, publicada el 7 de junio de 2014, en el Diario Oficial "El Peruano", en el extremo de la transferencia a los Hospitales: Cayetano Heredia y Nacional Dos de Mayo, a favor del Pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud – IGSS, conforme al texto siguiente:
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
REGION
COD.
DNTP
NOMBRE
Unidad Ejecutora 0024
PREVENCION
Y CONTROL
DEL CÁNCER
9002
ASIGNACIONES (SIN
PROGRAMA)
TOTAL
LIMA
1553
HOSPITAL
CAYETANO
HEREDIA (PLIEGO
IGSS)
S/. 1,068,987.00 S/.4,465,652.00 S/.5,534,639.00
1552
HOSPITAL
NACIONAL
DOS DE
MAYO (PLIEGO
IGSS)
S/. 57,108.00 S/.281,298.00 S/.338,406.00
Artículo 3.- Modificar el Anexo 03 de la Resolución Jefatural N° 130-2014/SIS, publicada el 7 de junio de 2014, en el Diario Oficial "El Peruano", en el extremo de la transferencia al Hospital Nacional Dos de Mayo, a favor del Pliego 137: Instituto de Gestión de Servicios de Salud – IGSS, conforme al texto siguiente:
PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS
REGION
COD.
DNTP
NOMBRE
Unidad Ejecutora 0024
PREVENCION
Y CONTROL
DEL CÁNCER
9002
ASIGNACIONES (SIN
PROGRAMA)
TOTAL
LIMA 1552
HOSPITAL
NACIONAL
DOS DE
MAYO (PLIEGO
IGSS)
S/.164,931.00 S/.164,697.00 S/.329,628.00
Artículo 4.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Con relación al programa no estratégico, deberá considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas, la programación de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente.
Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; así como publicar en el portal institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución y su Anexo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)