10/14/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2014-MIMP Modifican Anexo 1 de las nuevas Bases para la entrega del

Modifican Anexo 1 de las nuevas Bases para la entrega del "Premio Nacional al Voluntariado", aprobadas mediante R.M. N° 221-2013-MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2014-MIMP Lima, 10 de octubre de 2014 Visto, la Nota N° 253-2014-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y el Informe N° 090-2014/MIMP-DGFC-DIBPV-CMRE de la Dirección de Beneficencias Públicas y Voluntariado; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado, modificada por la Ley N° 29094,
Modifican Anexo 1 de las nuevas Bases para la entrega del "Premio Nacional al Voluntariado", aprobadas mediante R.M. N° 221-2013-MIMP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2014-MIMP
Lima, 10 de octubre de 2014
Visto, la Nota N° 253-2014-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y el Informe N° 090-2014/MIMP-DGFC-DIBPV-CMRE de la Dirección de Beneficencias Públicas y Voluntariado;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley N° 28238, Ley General del Voluntariado, modificada por la Ley N° 29094, señala como su objeto reconocer, facilitar y promover la acción de los ciudadanos en servicios voluntarios y señalar las condiciones jurídicas bajo las cuales tales actividades se realizan dentro del territorio nacional;

Que, el artículo 13 de la ley referida en el considerando precedente, dispuso la creación de la Comisión Nacional de Voluntariado – CONVOL, dependiente del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES (actualmente Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables –
MIMP);

Que, mediante Resolución Ministerial N° 595-2010-MIMDES, de fecha 10 de setiembre de 2010, se creó el "Premio Nacional al Voluntariado", como reconocimiento a quienes hayan destacado significativamente en su compromiso por la construcción, fomento y apoyo al servicio de voluntariado en el ámbito nacional;
el referido premio es entregado anualmente por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 221-2013-MIMP se aprueban las nuevas Bases para la entrega del "Premio Nacional al Voluntariado", se deja sin efecto el artículo 2 y se modifica el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 595-2010-MIMDES;

Que el tercer párrafo del numeral 3 referido al "Perfil de los Candidatos" del Anexo 1 de las nuevas Bases para la entrega del "Premio Nacional al Voluntariado", estableció que para el año 2013, se realizará una excepción, permitiendo la participación de aquellas personas naturales o jurídicas que no se encuentren inscritas en el Registro de Voluntarios del MIMP así como de los Gobiernos Regionales;

Que, el objetivo de la entrega del "Premio Nacional al Voluntariado" es contar con la mayor cantidad de participantes a fin de brindar el reconocimiento a la labor que realizan los voluntarios en el territorio nacional en forma altruista y solidaria, crear expectativas positivas que coadyuven a promover la acción de los ciudadanos y organizaciones en servicios voluntarios, no debiendo limitarse solo a la postulación de los voluntarios inscritos en el Registro de Voluntarios para la entrega del referido premio ;

Que, conforme al artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Dirección de Beneficencias Públicas y Voluntariado tiene asignada la función referida a diseñar, proponer y supervisar las normas y lineamientos para la implementación y funcionamiento del Sistema Nacional de Voluntariado;

Que, mediante Nota N° 518-2014-MIMP/DGFC, la Dirección General de la Familia y la Comunidad – MIMP, remite al despacho del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables el Informe N° 090-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-CMRE de la Dirección de Beneficencias Públicas y Voluntariado mediante el cual se sustenta la necesidad de ampliar la excepción señalada en el numeral 3 "Perfil de los Candidatos" del Anexo 1 de las nuevas Bases para la entrega del "Premio Nacional al Voluntariado" aprobadas con Resolución Ministerial N° 221-2013-MIMP, con la finalidad de que postulen también aquellos voluntarios y voluntarias que no se encuentran inscritos en el Registro de Voluntarios del MIMP;

Con las visaciones del despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección de Beneficencias Públicas y Voluntariado;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28238
- Ley General del Voluntariado modificada por la Ley N° 29094; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2004-MIMDES; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el tercer párrafo del numeral 3
"Perfil de los Candidatos", del Anexo 1 de las nuevas Bases para la entrega del "Premio Nacional al Voluntariado"
aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 221-2013-MIMP, en los siguientes términos:
"3. PERFIL DE LOS CANDIDATOS (…)
Cabe precisar que para el Premio Nacional al Voluntariado a convocarse para el año 2014, se realizará una excepción, permitiendo la participación de aquellas personas naturales o jurídicas que no se encuentren inscritas en el Registro de Voluntarios del MIMP así como de los Gobiernos Regionales. (…)"
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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