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RESOLUCIÓN N° 2604-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de
10/29/2014
RESOLUCIÓN N° 2604-2014-JNE Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes RESOLUCIÓN N° 2604-2014-JNE Expediente N° J-2014-02836 CANOAS DE PUNTA SAL - CONTRALMIRANTE VILLAR - TUMBES Lima, once de setiembre de dos mil catorce. VISTO el O cio N° 037-2014-MDCPS-ALC, presentado el 11 de setiembre de por Marcos Herrera Tume, alcalde de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante
RESOLUCIÓN N° 2604-2014-JNE
Expediente N° J-2014-02836
CANOAS DE PUNTA SAL - CONTRALMIRANTE
VILLAR - TUMBES
Lima, once de setiembre de dos mil catorce.
VISTO el O cio N° 037-2014-MDCPS-ALC, presentado el 11 de setiembre de por Marcos Herrera Tume, alcalde de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, el cual comunica las licencias concedidas al alcalde y al primer regidor Reynaldo López Cruz.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos. La licencia gozará de e cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta días naturales antes de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente.
3. Con fechas 3 y 4 de julio de (fojas 02 y 04), el alcalde Marcos Herrera Tume y el primer regidor Reynaldo López Cruz, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, las cueles fueron concedidas mediante los Acuerdos de Concejo N° 025-2014-MDCPS-SG (fojas 02 y 03) y N° 026-2014-MDCPS-SG (fojas 04 y 05), ambos de fecha 24 de julio de 2014, por el periodo de treinta días e caces a partir del 5 de setiembre de 2014, respectivamente.
4. Teniendo en consideración que el alcalde Marcos Herrera Tume y el primer regidor Reynaldo López Cruz presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, las que fueron aprobadas por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolución N° 0140-2014-JNE, procede convocar al regidor Alex David Apolo Romero, identi cado con Documento Nacional de Identidad N° 00328831, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular.
5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar su cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio.
6. En ese sentido, resulta procedente convoca a José Luis Chiroque Vílchez, identi cado con Documento Nacional de Identidad N° 42299385 y a María Mercedes Marky Prado, identi cada con Documento Nacional de Identidad N° 46547421, candidatos no proclamados del partido político Alianza para el Progreso, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Tumbes, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Marcos Herrera Tume, alcalde de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, y la credencial otorgada a Reynaldo López Cruz, regidor de la referida comuna, por el periodo de las licencias concedidas.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Alex David Apolo Romero, identi cado con Documento Nacional de Identidad N° 00328831, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, mientras esté vigente la licencia concedida a Marcos Herrera Tume, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a José Luis Chiroque Vílchez, identi cado con Documento Nacional de Identidad N° 42299385, con el n de que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, mientras dure la encargatura de Alex David Apolo Romero, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal.
Artículo Cuarto.- CONVOCAR a María Mercedes Marky Prado, identi cada con Documento Nacional de Identidad N° 46547421, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, mientras esté vigente la licencia concedida a Reynaldo López Cruz, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón Secretario General
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