10/30/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 191-2014-JUS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos

Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos RESOLUCIÓN SUPREMA N° 191-2014-JUS Lima, 29 de octubre de 2014 VISTO, el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 151-2014/COE-TC, del 23 de octubre de 2014, sobre la solicitud de extradición activa a la República Italiana del ciudadano peruano JAVIER CALDERÓN GÓNGORA, formulada por la Segunda Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que,
Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 191-2014-JUS
Lima, 29 de octubre de 2014
VISTO, el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 151-2014/COE-TC, del 23
de octubre de 2014, sobre la solicitud de extradición activa a la República Italiana del ciudadano peruano JAVIER
CALDERÓN GÓNGORA, formulada por la Segunda Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a estas atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva, del 03 de octubre de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JAVIER
CALDERÓN GÓNGORA, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública – Peculado, en agravio de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (Expediente N.° 143-2014);

Que, el literal "a" del artículo 28° de las normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslados de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N° 151-2014/COE-TC, del 23 de octubre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Italiana, suscrito en la ciudad de Roma el 24 de noviembre de 1994;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JAVIER CALDERÓN
GÓNGORA, formulada por la Segunda Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que sea procesado por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública – Peculado, en agravio de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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