10/30/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 192-2014-JUS

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 192-2014-JUS Lima, 29 de octubre de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 149-2014/ COE-TC, del 15 de octubre de 2014, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano peruano FELIPE DÍAZ ROJAS, formulada por el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 192-2014-JUS
Lima, 29 de octubre de 2014
VISTO; el Informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N° 149-2014/ COE-TC, del 15 de octubre de 2014, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano peruano FELIPE DÍAZ ROJAS, formulada por el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 21
de agosto de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano FELIPE DÍAZ
ROJAS, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios - Libramiento Indebido, en agravio de Sarita Del Rosario Terán Arenaza (Expediente N° 7-2014);

Que, el literal "a" del artículo 28° de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe N° 149-2014/COE-TC, del 15 de octubre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514° del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N° 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

De conformidad con el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de julio de 1911, suscrito el 22
de octubre de 2004;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Acceder a la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano peruano FELIPE DÍAZ ROJAS, formulada por el Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Confianza y la Buena Fe en los Negocios - Libramiento Indebido, en agravio de Sarita Del Rosario Terán Arenaza, y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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