8/30/2016

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 189-2016-SERFOR/DE Aprueban los "Lineamientos para la

Aprueban los "Lineamientos para la suspensión de derechos y obligaciones en títulos habilitantes" RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 189-2016-SERFOR/DE Lima, 26 de agosto de 2016 VISTO: El Informe Técnico Nº 098-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 28 de junio de 2016 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y el Informe Legal Nº 203-2016-SERFOR/OGAJ de fecha 23 de agosto de 2016 de la Oficina General de Asesoría
Aprueban los "Lineamientos para la suspensión de derechos y obligaciones en títulos habilitantes"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 189-2016-SERFOR/DE
Lima, 26 de agosto de 2016
VISTO:

El Informe Técnico Nº 098-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 28 de junio de 2016 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y el Informe Legal Nº 203-2016-SERFOR/OGAJ de fecha 23 de agosto de 2016 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el artículo 14 de la referida Ley Nº 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, asimismo el literal g) del artículo 42 del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2016-MINAGRI, el literal g) del numeral 16.1 del artículo 16 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, el literal d) del numeral 24.3 del artículo 24 del Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI y el literal g) del artículo 28 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, respectivamente disponen que el SERFOR aprueba los lineamientos para la suspensión de derechos y obligaciones por motivos de caso fortuito o fuerza mayor;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14, del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional;
asimismo, dicha disposición establece que las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos aprobados por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, por Decreto Supremo Nº 019-2015-MINAGRI, Decreto Supremo Nº 020-2015-MINAGRI, y Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para la suspensión de derechos y obligaciones en títulos habilitantes", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer que la citada resolución y los "Lineamientos para la suspensión de derechos y obligaciones en títulos habilitantes", sean publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www. serfor.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Directora Ejecutiva (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

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