11/22/2014

Res. N° 2079-2014-MINEDU Contratación de promotores de tutoría

Aprueban Norma Técnica denominada "Normas para la contratación de promotores de tutoría y orientación educativa en las instituciones educativas de educación básica regular" RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 2079-2014-MINEDU Lima, 20 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación,
Aprueban Norma Técnica denominada "Normas para la contratación de promotores de tutoría y orientación educativa en las instituciones educativas de educación básica regular"

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 2079-2014-MINEDU
Lima, 20 de noviembre de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, en adelante la Ley, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal a) del artículo 80 de la Ley consigna como función del Ministerio de Educación definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas específicas de equidad;

Que, con la finalidad de implementar las acciones de tutoría y orientación educativa en las instituciones educativas, que permitan contribuir entre otros aspectos, al desarrollo de acciones que fortalezcan, protejan y garanticen el respeto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; se requiere la contratación de profesionales de educación, psicología, trabajo social u otras ciencias sociales afines, para que se desempeñen como promotores de Tutoría y Orientación Educativa en las Instituciones Educativas de las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, que cuenten con plazas presupuestadas para tal fin;

Que, a través del Informe N° 608-2014-MINEDU/ VMGP-DITOE, la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa, en cumplimiento de las funciones asignadas por el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2012 ED, sustenta la necesidad de emitir una nueva norma técnica que regule el proceso de contratación de Promotores de Tutoría y Orientación Educativa, que permita el acceso de profesionales con el perfil idóneo para el cumplimiento de dicha labor, precisando sus funciones; así como establecer los criterios para seleccionar a las instituciones educativas receptoras de los referidos Promotores;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación"; y, las facultades delegadas en la Resolución Ministerial N° 014-2014-MINEDU y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación de promotores de tutoría y orientación educativa en las instituciones educativas de educación básica regular", la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto las "Normas para la contratación de promotores de tutoría y orientación educativa y criterios de selección de las instituciones educativas de educación básica regular donde realizarán sus funciones" aprobadas por Resolución de Secretaría General N° 213-2014-MINEDU.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa la difusión de la Norma Técnica aprobada por el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", encargándose a la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DESILU LEON CHEMPEN
Secretaría General

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