11/06/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0612-2014-MINAGRI Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el

Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional -CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0612-2014-MINAGRI Lima, 3 de noviembre de 2014 VISTOS: El Memorándum N° 269-2014-MINAGRI-OGPP/ OPRES de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico N° 057-2014-MINAGRI-ODOM/OGPP de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización, el Informe N° 236-2014-MINAGRI-OGPP/ OPRES de la Oficina de Presupuesto, y el
Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional -CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0612-2014-MINAGRI
Lima, 3 de noviembre de 2014
VISTOS:

El Memorándum N° 269-2014-MINAGRI-OGPP/ OPRES de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico N° 057-2014-MINAGRI-ODOM/OGPP de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización, el Informe N° 236-2014-MINAGRI-OGPP/ OPRES de la Oficina de Presupuesto, y el Informe Legal N° 049-2014-MINAGRI-SG-OGGRH-ALA, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Riego, respectivamente; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante el MINAGRI, es un organismo público deI Poder Ejecutivo y constituye un Pliego Presupuestal, con autonomía administrativa y económica, de acuerdo a la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego, aprobada por Decreto Legislativo N° 997 y modificada por la Ley N° 30048;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante el ROF, el mismo que contiene una nueva estructura orgánica e incorpora nuevas funciones a estas, identificándose los nuevos órganos y unidades orgánicas, y estableciéndose las relaciones y responsabilidades en cumplimiento de la Ley N° 30048;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0561-2014-MINAGRI se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI;

Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos ha emitido el Informe Legal N° 049-2014-MINAGRI-SG-OGGRH-ALA, opinando que resulta pertinente la aprobación del reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal (CAP Provisional)
del Ministerio de Agricultura y Riego; indicando que en atención a las necesidades institucionales y los requerimientos judiciales que tienen calidad de cosa juzgada para la inclusión de personal reincorporado;
propone: A) La creación de dos (02) cargos de confianza en la estructura de la Alta Dirección del MINAGRI, como cargos previstos (no cubiertos), siendo estos: Asesor I
y Asesor II, dado que las funciones que deberán cumplir dicho cargo son de asesoramiento directo a esta, en virtud del artículo 9° del ROF del MINAGRI, que establece que la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesores especializado para la conducción estratégica de las políticas a su cargo, no superando el tope que establece la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; en atención al Memorando N° 802-2014-MINAGRI-SG
del 22 de octubre de 2014; B) La inclusión de una (01)
trabajadora reincorporada a la Sede Central como cargo previsto (no cubierto) de Abogado I; y C) La inclusión de dos (02) trabajadores reincorporados de AGRO RURAL, dentro del grupo de rotación permanente a cargo de AGRO RURAL, cuyos cargos y plazas de Especialista Administrativo III e Ingeniero en Ciencias Agrarias I, fueron incorporados en el CAP y el PAP del MINAGRI, por el Decreto Supremo N° 017-2010-AG, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2011; habiéndose además, para ello, tomado en cuenta los grupos ocupacionales previstos en el artículo 4° de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público y el Clasificador de Cargos de la Sede Central del Ministerio de Agricultura, aprobado por Resolución Ministerial N° 0035-2009-AG; atendiendo al Oficio N° 4216-2014-MINAGRI/PP del 03 de setiembre de remitido por la Procuraduría Pública del Ministerio de Agricultura y Riego, la Oficina de Administración y la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL mediante los Oficios N° 357-2014-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL/OADM y N° 1656-2014-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL/DE, del 29 de setiembre y 09 de octubre de 2014, respectivamente;

Que, mediante Informe Técnico N° 057-2014-MINAGRI-ODOM/OGPP de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización y el Informe N° 236-2014-MINAGRI-OGPP/OPRES de la Oficina de Presupuesto, ambas pertenecientes a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINAGRI; emiten opinión indicando que se considera que la incorporación de nuevos cargos en el Despacho Ministerial por necesidad institucional, así como, los tres cargos para cumplir los mandatos judiciales con calidad de cosa juzgada en condición de previstos, corresponde a un reordenamiento; y que el mencionado reordenamiento no incide en un incremento del presupuesto de la entidad;

Que, en ese sentido, atendiendo a las necesidades organizacionales del MINAGRI se ha visto conveniente la creación de dos (02) cargos de confianza en el Despacho Ministerial como Asesor I y Asesor II; asimismo, para el cumplimiento de los mandatos judiciales con carácter de cosa juzgada, la creación de un (01) cargo de Ingeniero en Ciencias Agrarias I, en condición de previsto en la Sede Central; y dos (02) en el grupo de rotación permanente a cargo de AGRO RURAL, tales como: Especialista Administrativo III y Abogado I;

Que, el numeral 5.6 de la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP
Provisional que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del presupuesto de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional, pudiendo aprobarse dicho reordenamiento de cargos por resolución del Titular de la Entidad, previo informe del órgano responsable a que se refiere el punto 5.2.1 de la citada Directiva;

Que, asimismo, debe considerarse que el artículo 4°
del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, respecto del carácter vinculante de las decisiones judiciales y los principios de la administración de justicia, establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley señala;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el reordenamiento de los cargos mencionados precedentemente del Cuadro para la Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; la Ley N° 29091, Ley que modifica el párrafo 38.3 del artículo 38° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0561-2014-MINAGRI, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano;
y, su difusión conjuntamente con el Anexo, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe); y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.
minagri.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego

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