12/04/2014

RESOLUCIÓN N° 769-2014/SBN-DGPE-SDAPE

RESOLUCIÓN N° 769-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de noviembre de 2014 Visto el Expediente N° 1407-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 180 215,89 m², ubicado al Oeste del Sector Lomas Negras y al Este del sector denominado Parque Porcino, a la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100) en el distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes

RESOLUCIÓN N° 769-2014/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 26 de noviembre de 2014
Visto el Expediente N° 1407-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 180
215,89 m², ubicado al Oeste del Sector Lomas Negras y al Este del sector denominado Parque Porcino, a la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100) en el distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;

Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 180 215,89 m², ubicado al Oeste del Sector Lomas Negras y al Este del sector denominado Parque Porcino, a la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100) en el distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao, que se encontraría sin inscripción registral;

Que, mediante Oficio N° 711-2014-SUNARP/ Z.R.N°IX/CLL-PR de fecha 01 de octubre de 2014, la Zona Registral N° IX – Sede Lima remite el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 01 de octubre sobre la base del Informe Técnico N° 17336-2014-SUNARP-Z.R. N° IX/ OC de fecha 10 de setiembre de 2014, donde señala que el predio en consulta se encuentra en una zona donde no se tiene información gráfica de predios con antecedentes registrales;

Que, realizada la inspección técnica con fecha 06
de noviembre de 2014, se verificó que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, con una topografía variada y pendiente fuerte por la presencia de lomas y cerros, con tipo de suelo arcilloso-limoso, encontrándose desocupado;

Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 180 215,89 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;

Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0934 - 2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de noviembre de 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 180
215,89 m², ubicado al Oeste del Sector Lomas Negras y al Este del sector denominado Parque Porcino, a la margen derecha de la carretera a Ventanilla (ruta CL-100) en el distrito de Ventanilla, provincia Constitucional del Callao;
según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Callao.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal

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