12/31/2014
RM N° 999-2014/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 999-2014/MINSA Lima, 26 de diciembre del 2014 Visto, el Expediente N° 14-121923-001, que contiene el Informe N° 351-2014-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 999-2014/MINSA
Lima, 26 de diciembre del 2014
Visto, el Expediente N° 14-121923-001, que contiene el Informe N° 351-2014-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, el artículo 69 del citado Texto Único Ordenado establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias;
Que, el literal a) numeral 42.1 del artículo 42 del citado Texto Único Ordenado establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provenga de las fuentes distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal;
Que, el literal ii del numeral 19.2 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1
del artículo 42 de la Ley N° 28411, proceden cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias;
Que, en la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autoriza al Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT) del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), a otorgar subvenciones a personas jurídicas, que realicen actividades de investigación científica, tecnológica e innovación tecnológica, las mismas que se otorgan conforme a los establecido en las Leyes Nros. 28303 y 28613, y con cargo a los recursos del FONDECYT;
Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 090-2014-FONDECYT-DE, el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT) formaliza la declaración de los ganadores del concurso "Ideas Audaces-Perú" realizado por Grand Challenges Canadá, comprendiendo entre ellos, al Instituto Nacional de Salud del Niño con su proyecto FIRST BREATH – with a little help;
Que, en el marco del Convenio de Subvención N° 053-2014-FONDECYT, y en virtud a la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 090-2014-FONDECYT-DE, la Unidad Ejecutora 010: Instituto Nacional de Salud del Niño se hizo acreedora a la suma de CIENTO CUARENTA Y
TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 143 360,00), con la finalidad de subvencionar los gastos de la ejecución del referido proyecto de investigación en salud;
Que, a través del documento de Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto manifiesta que resulta necesario incluir en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud, los mayores fondos públicos transferidos por el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT) del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, T ecnología e Innovación T ecnológica (CONCYTEC) a favor de la Unidad Ejecutora 010: Instituto Nacional de Salud del Niño hasta por el monto de CIENTO CUARENTA Y
TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 143 360,00) en la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias;
Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, con el visado del Director General de Ia Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de Ia Directora General de Ia Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 y el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptación de Donación Aceptar la Donación de CIENTO CUARENTA Y
TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 143 360,00), efectuada por el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT) del Pliego 114: Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), a favor de la Unidad Ejecutora 010:
Instituto Nacional de Salud del Niño, para subvencionar los gastos de la ejecución del proyecto de investigación en salud con registro 7780 denominado FIRST BREATH-with a little help, ganador – entre otros -, del concurso "Ideas Audaces-Perú", según lo indicado en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Incorporación de Presupuesto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 143 360,00), de acuerdo al detalle siguiente:
INGRESOS:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 4 DONACIONES Y
TRANSFERENCIAS
Rubro: 13 Donaciones y Transferencias (En Nuevos Soles)
1. Ingresos Presupuestarios 143 360,00
1.4 Donaciones y Transferencias 143 360,00
1.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes 143 360,00
1.4.1 3 De Otras Unidades de Gobierno 143 360,00
1.4.1 3.1 De Otras Unidades de Gobierno 143 360,00
1.4.1.3.1.1 Del Gobierno Nacional 143 360,00
TOTAL INGRESOS: 143 360,00
=========
EGRESOS: (En Nuevos Soles)
SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO : 011 Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA : 010 Instituto Nacional de Salud del Niño
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
SIN PRODUCTO
ACTIVIDAD : 5000913 Investigación y Desarrollo
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 88 360,00
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 55 000,00
TOTAL EGRESOS: 143 360,00
=========
Artículo 3.- Codificaciones La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011:
Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.
Artículo 4.- Notas de Modificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011:
Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 010: Instituto Nacional de Salud del Niño para que elabore las correspondientes "Notas para modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 5.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución Ministerial, se presenta dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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