1/09/2015

Res.Jef. N° 247-2014-INDECI Aprueban Transferencia Financiera del INDECI a favor del

Aprueban Transferencia Financiera del INDECI a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., con el fin de cancelar los adeudos por concepto del "Bono 6000" RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 247-2014-INDECI 19 de diciembre de 2014 VISTOS: La Resolución Jefatural N° 210-2014 de fecha 03.NOV.2014, el Informe Técnico N° 281-2014-INDECI/14.0 de fecha 05.DIC.2014 de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del INDECI, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2° inciso b) del Decreto de Urgencia N° 023-2007-PCM se
Aprueban Transferencia Financiera del INDECI a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., con el fin de cancelar los adeudos por concepto del "Bono 6000"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 247-2014-INDECI
19 de diciembre de 2014
VISTOS:

La Resolución Jefatural N° 210-2014 de fecha 03.NOV.2014, el Informe Técnico N° 281-2014-INDECI/14.0 de fecha 05.DIC.2014 de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del INDECI, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 2° inciso b) del Decreto de Urgencia N° 023-2007-PCM se dispuso el otorgamiento de la Subvención por pérdidas materiales destinada a aliviar el efecto de la destrucción total de las viviendas de la población afectada a consecuencia del terremoto ocurrido el 15.AGO.2007, en el departamento de Ica; las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima;
así como las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, por el monto de Seis Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 000,00) denominado "Bono 6000";

Que por Decreto Supremo N° 091-2007-PCM
se aprobó el Reglamento para la entrega de Ayuda Económico – Social, dispuesta en el artículo 2° literal b)
del Decreto de Urgencia N° 023-2007, el cual establece el procedimiento para el otorgamiento de la subvención, señalándose, entre otros, su ejecución por etapas;

Que mediante, la Cuadragésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114 – Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispuso que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI)
determine, sobre la base de la información presentada por el Banco de Materiales S.A.C. en Liquidación y el Fondo MIVIVIENDA S.A., los adeudos por Bono 6000.

La relación de adeudos es aprobada por resolución del titular de INDECI, la cual debe ser publicada en su portal institucional;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 210-2014-INDECI de fecha 03.NOV.2014, se aprobó, sobre la base de la información remitida por el Fondo MIVIVENDA
S.A., la relación de Ochocientos Cincuenta y Siete (857)
constancias de beneficiarios pendientes de desembolso por concepto del "Bono 6000", por el monto total de Cinco Millones Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5’142,000.00);

Que, la Octogésima Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 30281 – Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) a transferir recursos, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., con cargo a los recursos de su presupuesto institucional del Año Fiscal 2014 correspondientes al Programa Presupuestal 0068
"Programa de Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres", hasta por la suma de Cinco Millones Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100
Nuevos Soles (S/. 5’142,000.00), con el fin de cancelar los adeudos por concepto de "Bono 6000";

Que, con Informe Técnico N° 281-2014/INDECI(4.0)
de fecha 05.DIC.2014, el Jefe de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Instituto Nacional de Defensa Civil, emite opinión favorable para la transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., al contarse con saldos disponibles en el Programa Presupuestal 068
Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres;

Que, en tal sentido, a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la Octogésima Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 30281, resulta pertinente emitir el acto por el que se apruebe la transferencia financiera por la suma de Cinco Millones Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/.

5’142,000.00) a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.;

Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Administración y de la Direccion de Rehabilitación del INDECI;

De conformidad con Ley N° 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, Ley N° 30114, Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley N° 30281, Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal y en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo
N° 043-2013-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Transferencia Financiera Aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 006:

Instituto Nacional de Defensa Civil, hasta por la suma de Cinco Millones Ciento Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5’142,000.00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., con el fin de cancelar los adeudos por concepto de "Bono 6000".

Artículo 2°.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada mediante el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo a los saldos de los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2014, Programa Presupuestal 0068: "Programa de Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres" del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI.

Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación en la página web e intranet del INDECI (www.indeci.gob.pe).

Artículo 5°.- Registro y documentación Disponer que la Secretaria General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional, remita copia autenticada por fedatario al Gerente General del FONDO
MIVIVIENDA; y, a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, publíquese y archívese.

ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA
General de División (R)
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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