1/10/2015

RM N° 008-2015-MIDIS Modifican la R.M. N° 001-2015-MIDIS, sobre delegación de

Modifican la R.M. N° 001-2015-MIDIS, sobre delegación de funciones en el Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 008-2015-MIDIS Lima, 9 de enero de 2015 VISTOS: El Memorando N° 008-2015-MIDIS/SG/OGA, emitido por la Oficina General de Administración; el Memorando N° 049-2015-MIDIS/SG, emitido por la Secretaría General; y el Informe N° 010-2015-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo
Modifican la R.M. N° 001-2015-MIDIS, sobre delegación de funciones en el Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 008-2015-MIDIS
Lima, 9 de enero de 2015
VISTOS:

El Memorando N° 008-2015-MIDIS/SG/OGA, emitido por la Oficina General de Administración; el Memorando N° 049-2015-MIDIS/SG, emitido por la Secretaría General;
y el Informe N° 010-2015-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, siempre que la normativa lo autorice;

Que, de acuerdo con lo prescrito en el literal e) del artículo 12 de la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social ejerce las funciones que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

Que, atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conforme a lo establecido en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, y a efectos de la mayor fiuidez de la marcha administrativa del Ministerio, mediante Resolución Ministerial N° 001-2015-MIDIS se delegaron diversas facultades, en materia presupuestaria, administrativa y de contrataciones del Estado, en el Secretario General y el Jefe de la Oficina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001:

Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS;

Que, mediante Memorando N° 049-2015-MIDIS/SG, se ha propuesto adicionar, como una facultad delegada en el Secretario General, en materia administrativa y de gestión, la de asumir las funciones relacionadas con la gestión y administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650 y sus normas complementarias;

Que, asimismo, mediante Memorando N° 008-2015-MIDIS/SG/OGA, se ha propuesto la modificación de los literales f) y g) del numeral 2.2 del artículo 2 de la citada Resolución Ministerial N° 001-2015-MIDIS, relativos a la delegación de facultades en el Jefe de la Oficina General de Administración en materia de gestión de recursos humanos;

Que, en atención a lo indicado en los documentos de Vistos, se estima pertinente proceder a la modificación de los mencionados literales, en los términos propuestos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, que aprobó su Reglamento de Organización y Funciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar el inciso e) en el numeral 1.2
del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 001-2015-MIDIS, bajo los siguientes términos:
"e. Asumir las funciones relacionadas con la gestión y administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650 y sus normas complementarias."
Artículo 2.- Modificar los literales f) y g) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 001-2015-MIDIS, en los siguientes términos:
"f. Suscribir los contratos relativos a la prestación de los servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 1057, así como sus adendas y resolución, a través de la Oficina de Recursos Humanos."
"g. Tramitar, autorizar y aprobar las acciones de personal referidas a ceses, rotaciones, licencias y todas las demás acciones que resulten necesarias para una adecuada gestión del capital humano contratado bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, a través de la Oficina de Recursos Humanos."
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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