2/12/2015

DECRETO SUPREMO N° 005-2015-RE Ratifican Convenio de Financiación entre la Comisión Europea y la

Ratifican Convenio de Financiación entre la Comisión Europea y la APCI y el Ministerio de Economía y Finanzas del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE)" DECRETO SUPREMO N° 005-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio de Financiación entre la Comisión Europea y la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Ministerio de Economía y Finanzas de la República del Perú relativo al "Programa de
Ratifican Convenio de Financiación entre la Comisión Europea y la APCI y el Ministerio de Economía y Finanzas del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE)"
DECRETO SUPREMO N° 005-2015-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el Convenio de Financiación entre la Comisión Europea y la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Ministerio de Economía y Finanzas de la República del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE)" fue suscrito por la Comisión Europea el 06 de noviembre de 2012 y por la República del Perú el 28 de noviembre de 2012;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57
y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratifícase el Convenio de Financiación entre la Comisión Europea y la Agencia Peruana de Cooperación Internacional y el Ministerio de Economía y Finanzas de la República del Perú relativo al "Programa de Apoyo a la Política Peruana de Promoción de las exportaciones de productos ecológicos (EURO-ECO-TRADE)", suscrito por la Comisión Europea el 06 de noviembre de 2012 y por la República del Perú el 28 de noviembre de 2012.

Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil quince.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
GONZALO GUTIÉRREZ REINEL
Ministro de Relaciones Exteriores

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