2/12/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2015-MEM/DM Otorgan concesión definitiva de generación de energía

Otorgan concesión definitiva de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables a favor de Andean Power S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2015-MEM/DM Lima, 4 de febrero de 2015 VISTO: El Expediente N° 18328913 presentado por Andean Power S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11332139 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables
Otorgan concesión definitiva de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables a favor de Andean Power S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2015-MEM/DM
Lima, 4 de febrero de 2015
VISTO: El Expediente N° 18328913 presentado por Andean Power S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11332139 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Hidroeléctrica Pallca;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento ingresado con registro N° 2285547 de fecha 22 de abril de 2013, Andean Power S.A.C. solicitó concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el desarrollo de la futura Central Hidroeléctrica Pallca, con una potencia instalada de 16 MW; posteriormente, mediante el documento con registro de ingreso N° 2451775 de fecha 25 de noviembre de 2014, Andean Power S.A.C. solicitó que dicha central hidroeléctrica tenga una potencia instalada de 10,1 MW, ubicándose en el distrito de Carampoma, provincia de Huarochirí, departamento de Lima;

Que, la petición de concesión definitiva está amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3 y 38
del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM;

Que, de acuerdo a las normas vigentes en la fecha de su solicitud, la peticionaria presentó la Resolución Directoral N° 105-2013-GRL-GRDE-DREM de fecha 21
de marzo de 2013, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima aprobó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Central Hidroeléctrica Pallca, cumpliendo con los requisitos señalados en el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y con los procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 005-2015-DGE-DCE, en el cual se señala la procedencia de otorgar la concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables;

Que, estando a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 66 de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1002;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Otorgar concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Andean Power S.A.C., que se identificará con el código N° 18328913, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroléctrica Pallca, con una potencia instalada de 10,1 MW, ubicada en el distrito de Carampoma, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo siguiente.

Artículo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 450-2014 a suscribirse con Andean Power S.A.C., que consta de 19 cláusulas y 4 anexos.

Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 4°.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión N° 450-2014, referido en el artículo 2° de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 5°.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas

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