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RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA
2/06/2015
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA
Aprueban publicación del proyecto "Directiva de Notificación Electrónica de Osinergmin" RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 23-2015-OS/CD Lima, 27 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus portales
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 23-2015-OS/CD
Lima, 27 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus portales institucionales o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales;
Que, la finalidad de dicha publicación es permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo;
Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, y en el marco de la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, la Resolución Ministerial N° 048-2013-PCM que aprobó el Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013-2016;
y la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley 30229, que faculta a las entidades integrantes del Poder Ejecutivo a utilizar sistemas electrónicos para la notificación, resulta de especial importancia para Osinergmin ofrecer a sus administrados y público en general, un canal seguro y eficiente de notificación de los actos administrativos y demás documentación que emita;
Que, para tal fin, corresponde publicar el proyecto de "Directiva sobre Notificación Electrónica de Osinergmin", a fin de recibir comentarios de los interesados;
De conformidad con el artículo 3, numeral 3.1 inciso c) de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, y el artículo 22° y 25° del Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, y el artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; estando a lo aprobado por el Consejo Directivo en la Sesión N° CD 2-2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, y disponer que conjuntamente con el proyecto "Directiva de Notificación Electrónica de Osinergmin" y su exposición de motivos, se publiquen el mismo día en el portal institucional de Osinergmin.
Artículo 2°.- Disponer que los comentarios de los interesados serán recibidos por escrito en la mesa de partes de Osinergmin o vía correo electrónico a comentarios.notificaciones@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a su publicación, siendo la persona designada para recibirlos el señor Daniel del Carpio Arellano.
Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Legal el análisis de los comentarios que hagan llegar los interesados, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.
JESÚS TAMAYO PACHECO
Presidente del Consejo Directivo
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