2/20/2015

RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 026-2015-INDECOPI/COD Actualizan

Actualizan la Directiva N° 005-2010/ DIRCOD-INDECOPI, modificando la denominación del Anexo N° 02 e incorporando el Anexo N° 06 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 026-2015-INDECOPI/COD Lima, 30 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo N° 012-2015-INDECOPI/COD del 23 de enero de 2015, y en ejecución del acuerdo N° 089-2014 adoptado por el Consejo Directivo de la institución en su sesión del 15 de diciembre de 2014, se dispuso
Actualizan la Directiva N° 005-2010/ DIRCOD-INDECOPI, modificando la denominación del Anexo N° 02 e incorporando el Anexo N° 06
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 026-2015-INDECOPI/COD
Lima, 30 de enero de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo N° 012-2015-INDECOPI/COD del 23
de enero de 2015, y en ejecución del acuerdo N° 089-2014 adoptado por el Consejo Directivo de la institución en su sesión del 15 de diciembre de 2014, se dispuso desconcentrar las funciones de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal en las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales del Indecopi de Arequipa y Piura;
en los términos contenidos en la mencionada resolución;

Que, asimismo, mediante el referido acuerdo se encargó al Presidente del Consejo Directivo la emisión de la resolución que actualice la Directiva N° 005-2010/ DIR-COD-INDECOPI, la cual establece las reglas sobre la competencia desconcentrada en las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales, una vez producida la desconcentración indicada;

Que, en atención a la desconcentración de funciones a la cual se ha hecho referencia en los párrafos precedentes y en cumplimiento del encargo realizado por el Consejo Directivo, corresponde actualizar la mencionada Directiva, a fin de adecuar la denominación del Anexo N° 02 de la misma a lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal;

Que, asimismo se incorpora a dicha directiva el Anexo N° 06, a fin de establecer las reglas de Competencia Territorial respecto de Actos de Competencia Desleal distintos a los Actos Desarrollados mediante Actividad Publicitaria de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y de las Comisiones Adscritas a las Oficinas Regionales;

Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en la sesión de fecha 15 de diciembre de 2014;

De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3
del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033;

RESUELVE:

Artículo Único.- Actualizar la Directiva N° 005-2010/DIRCOD-INDECOPI, modificando la denominación del Anexo N° 02, el mismo que pasa a denominarse "Competencia T erritorial respecto de Actos de Competencia Desleal desarrollados mediante Actividad Publicitaria de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y de las Comisiones Adscritas a las Oficinas Regionales";
e incorporando el Anexo N° 06, Competencia Territorial respecto de Actos de Competencia Desleal distintos a los Actos Desarrollados mediante Actividad Publicitaria de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y de las Comisiones Adscritas a las Oficinas Regionales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HEBERT TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo
DIRECTIVA N° 0001-2015/DIR-COD-INDECOPI
DIRECTIVA QUE MODIFICA EL ANEXO N° 02
Y AÑADE EL ANEXO N° 6 A LA DIRECTIVA N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, LA MISMA QUE
ESTABLECE REGLAS SOBRE LA COMPETENCIA
DESCONCENTRADA EN LAS COMISIONES
ADSCRITAS A LAS OFICINAS REGIONALES Y
DEMÁS SEDES DEL INDECOPI
Lima, 27 de enero de 2015
I. OBJETIVO
Modificar el Anexo N° 02 de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI y añadir el Anexo N° 06 a la citada Directiva, la misma que establece reglas de la competencia desconcentradas en las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales del INDECOPI y demás sedes del INDECOPI, así como de los Órganos Resolutivos de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor; con el fin de especificar las funciones que corresponden a las Oficinas Regionales del INDECOPI
de Arequipa y Piura en el marco de la tramitación de procedimientos administrativos en materia de represión y sanción de los actos de competencia desleal, cualquiera sea la forma que estos adopten y cualquiera que sea el medio que permita su realización, incluyendo la actividad publicitaria, sin importar la actividad económica que se manifiesten y que incluye (i) los actos que afectan la transparencia del mercado, (ii) los actos indebidos vinculados con la reputación de otro agente económico, y (iii) los actos que alteran indebidamente la posición competitiva propia o ajena.

II. ALCANCE
La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todos los Órganos Resolutivos y Administrativos del INDECOPI así como para las partes y los terceros interesados en los procedimientos administrativos que se tramiten ante los órganos resolutivos del
INDECOPI.

III. DISPOSICIONES GENERALES
1. Modifíquese el Anexo N° 02 de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, el mismo que pasa ahora a denominarse "Competencia Territorial respecto de Actos de Competencia Desleal desarrollados mediante Actividad Publicitaria de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y de las Comisiones Adscritas a las Oficinas Regionales".

2. Anadir a la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI el Anexo N° 6, Competencia Territorial respecto de Actos de Competencia Desleal distintos a los Actos Desarrollados mediante Actividad Publicitaria de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal y de las Comisiones Adscritas a las Oficinas Regionales.

3. Las disposiciones y anexos de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI que no han sido objeto de modificación por el presente instrumento se mantienen plenamente vigentes.

IV. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Disponer la publicación del Anexo N° 02 de la Directiva N° 005-2010/DIR-COD-INDECOPI, modificado conforme a la presente Directiva, así como del Anexo N° 06 que se incorpora a la misma y que forman parte integrante de esta, en el Portal Electrónico Institucional del INDECOPI (www.
indecopi.gob.pe), de conformidad con lo establecido en el artículo 9° del Reglamento Aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, en la misma fecha de publicación de esta Directiva en el Diario Oficial El Peruano.

V. VIGENCIA
La presente Directiva entra en vigencia desde el 1° de enero de 2015.

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