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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 028-2015-SUNAFIL Conforman Equipo de Trabajo que se encargue del
2/12/2015
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 028-2015-SUNAFIL Conforman Equipo de Trabajo que se encargue del
Conforman Equipo de Trabajo que se encargue del diseño y formulación del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo en el ámbito de la Intendencia de Lima Metropolitana RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 028-2015-SUNAFIL Lima, 10 de febrero de 2015 VISTO: El Memorándum N° 072-2015-SUNAFIL/SG de la Secretaría General mediante el cual se justifica la necesidad institucional del diseño y formulación del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo en el ámbito de la Intendencia de Lima Metropolitana; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 028-2015-SUNAFIL
Lima, 10 de febrero de 2015
VISTO: El Memorándum N° 072-2015-SUNAFIL/SG
de la Secretaría General mediante el cual se justifica la necesidad institucional del diseño y formulación del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo en el ámbito de la Intendencia de Lima Metropolitana;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –
SUNAFIL, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;
Que, de acuerdo al literal b) del artículo 4° de la Ley N° 29981, la SUNAFIL tiene entre sus funciones, aprobar las políticas institucionales en materia de inspección del trabajo, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales;
Que, el literal b) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, establece como una de las funciones generales de la SUNAFIL, aprobar las políticas institucionales en materia de inspección del trabajo, en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales;
Que, de acuerdo al artículo 31° del mencionado Reglamento de Organización y Funciones, la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva es un órgano con autoridad técnico-normativa a nivel nacional, responsable de elaborar y proponer la Política Institucional en materia de inspección del trabajo, así como los planes, normas y reglamentos; emite directivas, lineamientos y mecanismos; y establece los procedimientos en el marco de sus competencias.
Asimismo, recopila, analiza y sistematiza información necesaria que permita realizar estudios e investigaciones especializadas para la mejora continua del Sistema de Inspección del Trabajo.
Que, el artículo 37° del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Intendencia de Lima Metropolitana es un órgano desconcentrado encargado, dentro de su ámbito territorial, de dirigir y supervisar la programación, desarrollo y ejecución de las actuaciones inspectivas de fiscalización, orientación y asistencia técnica; así como, supervisar los procedimientos sancionadores;
Que, el Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo es un instrumento de gestión, bajo un enfoque territorial, para la planificación y el control del servicio inspectivo, en el cual se definen: línea de base, indicadores de gestión, metas, responsables y medios de verificación, en procura de brindar un servicio inspectivo eficiente y eficaz. Asimismo, es una propuesta de estrategia operativa de organización territorial, orientada a promover el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad y salud en el trabajo, contribuyendo a la reducción eficaz de la informalidad, el trabajo infantil, entre otras materias, poniendo énfasis en una gestión orientada a resultados;
Que, inicialmente, el diseño e implementación del Cuadrante Inspectivo se llevará a cabo en el ámbito territorial de la Intendencia de Lima Metropolitana y luego de la evaluación de los resultados correspondientes, se procederá con la implementación progresiva a nivel nacional;
Que, en ese contexto resulta necesario conformar un equipo de trabajo que se encargue del diseño y formulación del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo, el mismo que se articulará al Plan Estratégico Institucional 2015-2017 y al Presupuesto por Resultados "Fortalecimiento de las Condiciones Laborales", como instrumento de gestión, inicialmente, en el ámbito de las competencias de la Intendencia de Lima Metropolitana, orientado a mejorar y fortalecer la función inspectiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL;
De conformidad con Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral -SUNAFIL, y en uso de las facultades conferidas por el literal c) del artículo 11 del mencionado Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Conformar un Equipo de Trabajo que se encargue del diseño y formulación del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo, como instrumento de gestión en el ámbito de las competencias de la Intendencia de Lima Metropolitana, orientado a mejorar y fortalecer la función inspectiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral –SUNAFIL.
Artículo 2°.- El Equipo de Trabajo que se constituye con la presente Resolución, estará integrado por los siguientes funcionarios:
Secretario General, quien lo presidirá Asesor I del Despacho del Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral Intendente Nacional de Inteligencia Inspectiva Intendente Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo Intendente Nacional de Prevención y Asesoría Intendente de Lima Metropolitana Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto Jefe de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones Artículo 3°.- El Equipo de Trabajo contará con una Secretaría Técnica la cual estará a cargo del representante de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva. El Equipo de Trabajo deberá presentar al Despacho del Superintendente, dentro del término de 60 días calendarios de publicada esta resolución, el Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo en el ámbito de Lima Metropolitana.
Artículo 4°.- El Equipo de Trabajo deberá evaluar los resultados derivados de la ejecución del Plan Piloto del Cuadrante Inspectivo en el ámbito territorial de la Intendencia de Lima Metropolitana a fin de replicar progresivamente los alcances de dicho instrumento de gestión a nivel nacional.
Artículo 5°.- Notificar la presente Resolución a los integrantes del Equipo de Trabajo a quienes se refiere el artículo 2° de la presente Resolución.
Artículo 6°.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 7°.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ENRIQUE GÓMEZ CASTRO
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral
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